Vale la pena insistir en la importancia que tiene para el efectivo funcionamiento de las instituciones y para el ejercicio de los derechos, la pedagogía constitucional.
Investigaciones recientes han puesto de relieve, una vez más, la preocupante circunstancia según la cual, muy pocos colombianos gozan de una adecuada ilustración acerca de las normas constitucionales básicas sobre sus principales derechos y en torno a las obligaciones que adquieren como ciudadanos y también sobre los mecanismos de participación en las decisiones que los afectan.
Es más, la gran mayoría de los ciudadanos, confunden las varias instituciones estatales existentes y sus funciones. A la confusión contribuyen las permanentes decisiones contradictorias adoptadas por esos mismos organismos y por los Tribunales.
De otro lado, la abstención electoral, cada vez más extendida, obedece en buena parte al desconocimiento colectivo sobre lo que hacen las corporaciones públicas y ello estimula además la compra de votos en muchas regiones.
El artículo 41 de la Constitución es perentorio: “En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución.”
Eso dice la norma, pero todo indica que al Estado no le interesa esta divulgación.