Decisión del pueblo. En la antigua Roma y en la época de la República se llamaba plebiscitum a las decisiones de la Asamblea de la plebe o Conclium Plebis que actuaba agrupada por tribus y en virtud de convocatoria del Tribuno. Si bien en un principio los plebiscitum tenían fuerza de ley únicamente para la plebe que los adoptaba posteriormente su fuerza legal se extendió a la totalidad del pueblo romano. También en un principio la autoridad de la Conclium Plebis dependía de su aprobación por el Senado, más desde los años 465 a 289 y 468 a 286, la ley hortensia equiparó la fuerza de los plebiscitos a la de la ley y aún puede decirse que a partir de tal momento, una gran parte del derecho privado fue regulada no por leyes sino por plebiscitos y hoy el plebiscito es en derecho público un mecanismo de participación. En la Constitución colombiana está contemplado el plebiscito en el artículo 103.