Certidumbres e inquietudes: EL ACUERDO. Por José Gregorio Hernández Galindo. Destacado

Es muy importante el Acuerdo que sobre justicia transicional se adoptó en La Habana. Ese ha sido el paso más firme desde la iniciación de los diálogos hace tres años. Tanto que, inclusive, el Jefe del Estado y el máximo dirigente del Secretariado de las Farc -ambos mostrando excelente disposición- llegaron a convenir que la firma del Acuerdo definitivo, con miras a la finalización del conflicto, tendrá lugar el próximo 23 de marzo de 2016, lo cual ha renovado la confianza de muchos en un proceso de paz que ha venido presentando altibajos y pérdida de credibilidad.
 
Desde el mismo 23 de septiembre la suscripción del Acuerdo fue celebrada por la opinión pública, la comunidad internacional, los países latinoamericanos, el gobierno norteamericano, el Papa Francisco y nuestros partidos políticos, obviamente con la excepción de la derecha, que muy pronto expresó su desacuerdo y sus reparos.
 
La esencia de lo pactado -que fue lo expuesto públicamente mediante la lectura del comunicado conjunto- satisface las exigencias propias de un proceso de justicia transicional, no consagra la impunidad y -como tiene que ser- prevé la iniciación de procesos penales y la aplicación de sanciones a los máximos responsables del conflicto y de las violaciones de derechos humanos, tanto si se trata de guerrilleros como de agentes estatales y ex funcionarios, para todo lo cual contempla la creación de una jurisdicción especial de paz.
 
Todo eso está muy bien, con algunas observaciones:
 
-No se divulgó el texto completo del Acuerdo, sino apenas un comunicado, lo cual dio lugar de inmediato a especulaciones, interrogantes de la oposición e idas y venidas de los participantes en el proceso a nombre del Estado, con el ánimo de corregir equívocos, aunque con alguna búsqueda de protagonismo. Y, por falta de coordinación, se concedieron declaraciones dispares, con algunas contradicciones y mucha improvisación. Y se provocó, además, la rectificación de las Farc, que se quejó de tergiversaciones oficiales en relación con lo acordado.
 
-Aunque sin decirlo y quizá sin quererlo, se ha trasmitido a muchos -en especial los hombres y las mujeres de a pie- la errónea convicción de que los acuerdos -el firmado sobre justicia y el que se firme el 23 de marzo- gozan de la fuerza y la virtud necesarias para producir por sí mismos unos efectos jurídicos.
 
No es así, porque –hay que repetirlo- la mesa de negociaciones de La Habana no es una Constituyente, ni los delegados que allí se reúnen pueden sustituir al Congreso, ni en su carácter de reformador de la Carta Política, ni en su función legislativa. Lo que se acuerde dará lugar seguramente a reformas constitucionales y legales. La creación de una nueva jurisdicción -por ejemplo- no puede adoptarse sino por reforma constitucional.
 
Ahora bien, el Congreso debe resolver si entrega sus atribuciones a la proyectada Comisión Legislativa Especial. Y ojalá los textos normativos que se adopten aclaren dudas y posibles vacíos de los acuerdos.
Modificado por última vez en Miércoles, 30 Septiembre 2015 21:00
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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