Certidumbres e Inquietudes: ¿VOTAR SIN SABER LO QUE SE VOTA?. Por José Gregorio Hernández Galindo. Destacado

Ya habíamos señalado que, en nuestro sentir, carecían de sentido unas campañas por el SÍ o por el NO sin conocer el texto firmado y notificado de la sentencia de la Corte Constitucional sobre normas estatutarias especiales en materia de plebiscito por la paz; sin que, por tanto, se hubiera sancionado el proyecto de ley; sin que se hubiera promulgado la ley (porque mientras tanto está vigente la actual); sin que hubiera acuerdo final firmado por las partes (el Gobierno y las Farc); y, por ende, sin que el Presidente hubiera manifestado al Congreso  su voluntad de convocar el plebiscito, y, claro, sin que se hubiera convocado oficialmente el plebiscito, fijado fecha, redactado y publicado la pregunta por responder.
 
Habíamos dicho que, mientras todo eso no se tramitara, no había lugar a seleccionar el SÍ o el NO, por sustracción de materia.
 
Si vamos a lo estrictamente jurídico, hasta este momento no hay nada “votable” por la ciudadanía. Y llevar a alguien a votar por lo que no conoce es tratarlo como un ser irracional. Es irrespetar al ser humano. Llamar al apoyo sobre la base de temores, amenazas y estímulos mediáticos, pero sin que piense en el contenido de lo susceptible del apoyo, equivale a dar a los votantes el trato que se da en los circos a los animales amaestrados, que responden a estímulos por el sistema de los reflejos condicionados.
 
 Lo que se hizo en el Congreso fue aprobar un proyecto de ley estatutaria, con el propósito de modificar las reglas vigentes sobre plebiscito. El proyecto sólo será ley en vigor cuando, en desarrollo de la sentencia de revisión firmada y comunicada por la Corte Constitucional-, el Jefe del Estado sancione y promulgue el texto, ordenando su publicación en el Diario Oficial. Cumplido lo anterior, en desarrollo de lo allí dispuesto y sobre la base de un acuerdo final de paz, el Presidente debe manifestar al Congreso su intención de convocar a plebiscito. Si pasa un mes y el Congreso no se opone, el Presidente convoca al pueblo para que vote, en cierta fecha, desde luego divulgando una pregunta, sobre la cual recaerá el SÍ o el NO.
 
Ahora bien, la Corte no ha enviado al Congreso su sentencia, que no está firmada, ni tampoco los salvamentos y aclaraciones de voto. Entonces, no hay ley estatutaria; no hay convocatoria; no hay fecha del plebiscito; ni hay pregunta para votar SÍ o NO; ni tampoco hay una acuerdo final firmado, y el Gobierno dice que nada está acordado hasta que todo está acordado. En síntesis: nada. Pero el país está polarizado.
 
Pero, para el colmo del engaño a los votantes, y aunque se había dicho siempre que “nada está acordado hasta que todo esté acordado”, ahora dice el Presidente Santos que "cuando esté todo acordado, no se requiere la firma oficial, sino el hecho de decir: 'Ya está todo acordado', para poder enviarle al Congreso los acuerdos y convocar el plebiscito”. Lo dicho: piensan que votaremos como irracionales amaestrados.
Modificado por última vez en Jueves, 04 Agosto 2016 10:45
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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