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Punto de Referencia: TRABAJADORES EN CRÍSIS. Por José Gregorio Hernández Galindo Destacado

12 May 2017
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Según el preámbulo de la Constitución y su artículo primero, el trabajo es uno de los fundamentos esenciales del sistema democrático colombiano. El artículo 25 dice, por su parte, que el trabajo es un derecho -fundamental, según reiterada jurisprudencia constitucional- y una obligación social, gozará de la especial protección del Estado, y se prestará en condiciones dignas y justas.                       

El artículo 53 de la Constitución habla de los principios básicos del trabajo, y entre ellos destaca el derecho a una remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad del trabajo.                       

La familia es institución básica y núcleo esencial de la sociedad, según la Constitución, y debe ser protegida por la sociedad y por el Estado. Pero lo cierto es que la sociedad no se puede proteger si no se protege a la familia, y la familia no se puede proteger si no se protege el trabajo.                       

Todas estas son normas prevalentes y obligatorias para los gobernantes, y se encuentran en el primer plano del ordenamiento jurídico interno, y también hacen parte de los tratados internacionales a cuyo cumplimiento está obligada Colombia. Pero a la vez, en la época actual, son disposiciones puramente formales y teóricas, que no importan al gobierno, y cuya observancia siempre se posterga. Los trabajadores reciben unos salarios cada vez menores, en términos reales, y pierden poder adquisitivo, tanto por causa de la inflación como por la enorme carga tributaria.                       

Los maestros protestan, con todo derecho, porque sus ingresos por salarios y prestaciones no solo son exiguos sino que enfrentan constante incumplimiento, pero el Presidente de la República dice que no hay plata para pagarles, y que bien pueden seguir protestando. Todos los recursos se han ido en mermelada y en atender la implementación del Acuerdo de Paz con las FARC.                       

Lo propio pasa con los jueces, con los servidores de la rama judicial, con los trabajadores del campo, con las madres comunitarias -objetando el proyecto de ley que reivindicaba sus derechos-, y en general con los servidores públicos. El reajuste del salario mínimo fue verdaderamente ofensivo para los trabajadores. Se aprobó una reforma tributaria regresiva que encareció todos los productos.                       

Las normas constitucionales y las de los tratados públicos se quedaron escritas y el sector del trabajo en Colombia atraviesa una de las peores crisis en su historia.

Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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