Punto de Referencia: CONTROL POLÍTICO DE LOS DECRETOS LEYES. Por José Gregorio Hernández Galindo Destacado

 

Tras la expedición masiva de decretos con fuerza de ley por parte del Presidente Santos, con el objeto de ejercer las facultades extraordinarias conferidas por el Acto Legislativo 1 de 2016 para implementar los acuerdos celebrados con las Farc, nos han preguntado si, siendo desconocido hasta ahora el contenido de esas normas, existe alguna forma de control sobre ellas.

 

La respuesta es positiva. Existen dos formas de control: una jurídica, a cargo de la Corte Constitucional, pues, según el propio Acto Legislativo 1 de 2016, dicha corporación revisará los decretos en forma automática para verificar su constitucionalidad. Otra, política, a cargo de la Rama Legislativa, pues. como señaló la Corte Constitucional en la Sentencia C-699 de 2016, al revisar el Acto Legislativo, "por su parte, el Congreso preserva las competencias de control político y jurisdiccional sobre el Gobierno y el Presidente de la República".

 

La Corte manifestó también que el Acto Legislativo no suprimió los controles. Y que el Presidente "solo puede ejercer estas funciones durante un tiempo limitado, vencido el cual el legislador puede reformar o derogar los decretos con fuerza de ley expedidos en virtud suya. Y, por último, fuera del campo del acuerdo final, es el Congreso el competente para legislar".

 

El texto del artículo 150, numeral 10 de la Constitución permanece en firme. Dice textualmente:

 

"El Congreso podrá, en todo tiempo y por iniciativa propia, modificar los decretos leyes dictados por el Gobierno en uso de facultades extraordinarias".

 

Así que el Congreso tiene mucho que decir sobre este paquete de decretos leyes expedidos por el Presidente de la República. Ahora no irán a sostener que sigue maniatado al respecto, o que ese control conspira contra el proceso de paz.

Modificado por última vez en Miércoles, 31 Mayo 2017 18:44
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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