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La sanción de suspensión impuesta, cumple con el principio de proporcionalidad en la medida de corresponder la respuesta punitiva con la gravedad de la misma, asegurándose igualmente el principio de legalidad de las sanciones, de plena vigencia en el derecho disciplinario. Lo anterior, teniendo en cuenta que se cumple también con el principio de razonabilidad referido este a la idoneidad o adecuación al fin de la pena, lo cual justifica la sanción disciplinaria de sanción impuesta a la disciplinada.
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