GUÍA PARA LA TASACIÓN DE PERJUICIOS DERIVADOS DE LA PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD. La jurisprudencia del Consejo de Estado ha considerado que, en casos de detención domiciliaria o en establecimientos carcelarios, se presume el dolor moral, la angustia y aflicción de la persona que fue privada injustamente de su libertad y de sus seres queridos más cercanos, conforme a las reglas de la experiencia, y así lo ha reconocido en diferentes oportunidades. Ahora, a fin de indemnizar de manera semejante los perjuicios morales reclamados por la privación injusta de una persona, esta Corporación, mediante sentencias del 28 de agosto de 2013 (expediente 25022) y del 28 de agosto de 2014 (expediente 36149), formuló una guía para la tasación de perjuicios derivados de la privación injusta de la libertad, teniendo en cuenta el tiempo durante el cual la víctima estuvo bajo dicha medida de aseguramiento