“Existen marcadas diferencias entre el régimen de administración de personal que se aplica a los empleos de carrera administrativa y los de libre nombramiento y remoción incluido el cargo de asesor, una de ellas y quizás la más relevante es la estabilidad laboral con que cuentan los empleados pertenecientes a carrera administrativa y su forma de vinculación a la entidad, que es mediante concurso de méritos; así mismo, tienen la posibilidad de ser encargados de otros empleos de superior jerarquía, así como el derecho que se les otorgue comisión para desempeñar empleos de libre nombramiento remoción y, en caso de supresión del cargo o de reestructuración pueden optar por la incorporación o la indemnización, privilegios con que no cuentan los empleados de libre nombramiento y remoción, es decir, que si bien el cargo tiene el mismo nivel, no se puede afirmar que son iguales y por consiguiente tienen los mismos derechos; además que las funciones que ejercen tampoco son las mismas, perteneciendo los empleados de carrera administrativa a la plata global y los de libre nombramiento a la planta estructural”.
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