Frase: “A maiori ad minus”, "A minore ad maius"

Se considera que la forma A maiori ad minus  al igual que A minore ad maius corresponden al argumento interpretativo a fortiori basado en la mayor razón.
 
El argumento A maiori ad minus “El que puede lo más, puede lo menos” se aplica a leyes positivas o permisivas, esto es, si la ley me otorga la titularidad sobre un bien inmueble que adquirí mediante contrato legal de compra venta, con mayor razón  me permite el derecho de disposición del bien, por ejemplo, hipotecándolo; mientras que la forma A minore ad maius se predica de  prescripciones negativas o leyes prohibitivas “si está prohibido lo menos, está prohibido lo más”, esto es, si la ley no me permite la injuria hacia otra persona, con mayor razón no me permite agredirla físicamente.
Modificado por última vez en Miércoles, 20 Diciembre 2017 11:00
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