Derecho Romano: 7. Conceptos del Derecho Romano. -Primer Periodo. Reformas de Servio Tulio.- Los comicios por centurias Destacado

 

Después de Tarquino el Antiguo, Servio Tulio fue rey en el año 166 de Roma. Servio Tulio  decide resueltamente enfrentar las fuertes oposiciones que se le presentaron a su antecesor y que estaban haciendo imposible las reformas necesarias y urgentes para proteger a Roma de futuras invasiones.
 
Se hacía urgente reformar la organización de la Roma de los inicios para entrar a la conquista de nuevas tierras y la defensa de las propias. Roma había crecido enormemente y era difícil su administración bajo las decisiones de los patricios dominantes.
 
Para evitar problemas, no se metió con la organización patricia conformada por las tres tribus que fundaron la ciudad de Roma y en cuya estructura se apreciaban todos los beneficios de la Monarquía y el pago de los impuestos (los Ramnenses; los Titienses; y, los Luceres). Tampoco afectó -mediante reformas-, la figura de los comicios por curias consecuencia de la formación de las tribus.
 
“Pero establece una nueva división del pueblo, fundada no ya sobre el origen de los ciudadanos, sino sobre la fortuna de ellos, comprendiendo el conjunto de la población. Los plebeyos, fueron de este modo llamados a concurrir con los patricios al servicio militar, al pago de los impuestos y asimismo a la confección de la ley dentro de las nuevas asambleas, los comicios por centurias
 
La reforma de Servio Tulio, consistió en:
 
1. Dividió el territorio de Roma en cuatro regiones llamadas tribus urbanas. El campo de Roma lo dividió en tribus rústicas.
 
Esta división no tuvo en cuenta la raza, tuvo en cuenta la geografía y la parte administrativa. Cada una de las nuevas tribus comprendía a todos los ciudadanos domiciliados en cada una de ellas. No importaba si esos ciudadanos eran patricios o plebeyos.
 
2. Después estableció el censo. Obligó a todos los jefes de familia inscribir su nombre en la tribu donde estuviera establecido su domicilio. Ese juramento debía incluir su nombre, su edad, el nombre y la edad de su mujer y de sus hijos. De igual forma debía inscribir el valor de su fortuna registrando el número de esclavos a su haber. De estas inscripciones se llevaba un registro que debía ser renovado cada cinco años. Cada jefe de familia tenía su propio capítulo en el registro que se llamaba caput.
 
La sanción para quien no se registrara en el censo (incensus), era la esclavitud y la pérdida de sus bienes que eran finalmente confiscados.
 
3. Una vez Servio Tulio conoció el haber económico de cada familia, estableció sobre esa información una nueva repartición de la población, desde el punto de vista del servicio militar y del pago del impuesto.
 
Y, así comenzó lo que hoy tenemos, la división de los ciudadanos por clases, según su patrimonio. Servio Tulio estableció la división de la siguiente forma:
 
- Primera clase: Quienes tuvieran por lo menos 100.000 ases. Es decir, en esta clase quedaron los más ricos.
- Segunda clase: 75.000 ases.
- Tercera clase: 50.000 ases.
- Cuarta clase: 25.000 ases.
- Quinta clase: 11.000 ases.
 
Estas clases sociales fueron divididas a su vez, en centurias. Cada centuria estaba conformadas por:
 
- Centurias de juniores: patricios y plebeyos de 17 a 46 años cumplidos.
- Centurias de seniores: patricios y plebeyos de 46 a 60 años cumplidos.
 
Las clases sociales quedaron conformadas por centurias de jinetes que conformaron el ejército regular de Roma, de la siguiente forma:
 
- Primera clase: Se conformaron 80 centurias de jinetes para esta clase.
- Segunda clase: Se conformaron en la época de Servio Tulio, 20 centurias de jinetes en esta clase.
- Tercera clase: 20 centurias de jinetes.
- Cuarta clase: 20 centurias de jinetes.
- Quinta clase: 30 centurias de jinetes.
 
 
No obstante, para Servio Tulio, era necesario fortalecer el ejército con 18 centurias de jinetes adicionales y para ello reclutó 6 centurias de jinetes tomadas de los patricios y 12 de los plebeyos, pero de aquellas familias plebeyas que hubieran registrado mayor riqueza en el caput.  
 
Para proteger al ejército de Roma decidió tomar de las familias más pobres gente y constituyó 5 centurias adicionales, a manera de personal de acompañamiento de los soldados. La función de este sequito era servir de obreros, o bien para llenar los vacíos de las tropas regulares (accensi o velati).
 
Así las cosas Servio Tulio de la totalidad de los ciudadanos registrados, conformó 193 centurias.
 
Como se requería dinero para soportar la carga económica de la nueva organización por centurias, Servio Tulio estableció que todas las cinco clases debían pagar impuestos. También debía pagar impuesto quien tuviera por lo menos 1.500 ases; estos últimos contribuyentes fueron llamados assidui (de assemdare).
 
Solo quedaron exentos de pagar impuestos aquellos ciudadanos que hubieran registrado un patrimonio de 1.500 ases y eran llamados capite censi o proletarii  (de prolem dare). Es decir, la figura de proletariado que se mantiene hasta nuestros días proviene de la clasificación de Servio Tulio.
 
El proletariado romano se contaba para efectos de registro “no por su riqueza” sino por el número de cabeza y por el número de hijos que el padre de familia pudiera portarle al Estado.
 
Tomado de: “Tratado Elemental de Derecho Romano” de Eugene Petit.
 
Modificado por última vez en Lunes, 04 Agosto 2014 10:45
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