Derecho Romano: 9.- PRIMER PERIODO. Los tribunos. – Los concilia plebis - Los comicios por tribus. Destacado

Fin de la monarquía romana. El rey es sustituido por dos magistrados patricios. Desplazamiento de los plebeyos de sus tierras cultivables. Cobro exagerado de intereses sobre préstamos de dinero de los patricios a los plebeyos.

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En el año 245 de Roma, la monarquía es derribada. El último rey, Tarquino el Soberbio, es sustituido por dos magistrados patricios, elegidos por un año con poderes iguales. Los dos magistrados fueron llamados consules.  Los plebeyos quedaron por fuera de las magistraturas.
 
La autoridad religiosa que antes se encontraba en cabeza del rey, es separada de éste y confiada al gran pontífice. Es decir, se separan los poderes civiles de los religiosos.
 
Para este momento Roma se encuentra en guerra y la situación de los plebeyos pobres –siendo la mayoría- es muy complicada. Igual que hoy, las guerras, los desplazan  de sus tierras cultivables y esta situación obliga a los plebeyos a buscar dinero prestado en  los patricios más adinerados y en los plebeyos más ricos que terminaron unidos al patriciado.
 
Este sistema de préstamo se hizo a cambio de altísimos intereses que endeudaron en gran medida a los plebeyos.  El derecho primitivo de ese entonces consagraba leyes orientadas a sancionar a quien no cancelara la deuda;  y, los acreedores patricios y plebeyos ricos, las hicieron cumplir con todo el rigor. La principal condena por el no pago de las deudas era la prisión en casa del acreedor, lo que hizo posible tratar a estos plebeyos presos en casa de los patricios y los plebeyos más ricos, como esclavos.
 
Esta situación obligó a los plebeyos en el año 260 a reunirse y tomar una decisión radical: salieron de Roma y se retiraron al monte Aventino. Los patricios pierden la mano de obra de los esclavos plebeyos obtenida mediante el endeudamiento de éstos y se ven obligados a firmar con la plebe, una especie de tratado con arreglo al cual la plebe obtiene vigilancia sobre el tema de los intereses: se nombran –inicialmente- dos nuevos magistrados exclusivamente plebeyos para este fin y se llamarán tribuni plebis.
 
Los dos magistrados que conforman la tribuni plebis, son declarados inviolables y armados de un derecho de veto que pueden oponer, en Roma  y dentro de un radio de una milla alrededor de Roma, a las decisiones de todos los magistrados, lo mismo a las de los cónsules y del senado.
 
Estos magistrados convocaban y reunían a la plebe en asambleas y deliberaban y votaban en ellas resoluciones llamadas plebiscitos. Los patricios jamás asistieron a estas reuniones llamadas concilia plebis.
 
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Para el año 297 los plebeyos habían logrado tener 10 magistrados o tribuni plebis y éstos comenzaron a convocar a los plebeyos, sobre el foro, conforme al domicilio de ellos, es decir por tribus.
 
Esta práctica influye en la forma de convocar al pueblo y los patricios optan por no hacerlo por centurias, sobre el campo de Marte, sino por tribus, en el foro.  Nace entonces una nueva figura jurídica: los comicios por tribus, comitia tributa, a los cuales no fueron sometidos más que los negocios menos importantes.
 
En estas reuniones comienzan a surgir tribunos valientes y defensores vehementes de las causas de los plebeyos y pronto obtienen una nueva concesión: la de una ley fija, conocida de todos y aplicable a todos, que no la dejase por más tiempo expuesta a los rigores arbitrarios de los magistrados patricios. Esta fue la ley de las XII tablas, sin duda, un acontecimiento grandioso en la historia del derecho romano.
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