Análisis de La Voz del Derecho: El narcotráfico no puede ser conexo al delito político Destacado

 

Se ha propuesto que el narcotráfico sea incluido como delito conexo con el delito político para los efectos de participación en política y el ejercicio de cargos públicos. Con todo respeto considero que ello no es posible a  la luz de la actual Constitución, cuyo artículo 122 parágrafo que no fue derogado por el Marco Jurídico para la Paz dice: 
 
“Sin perjuicio de las demás sanciones que establezca la ley, no podrán ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular, ni elegidos, ni designados como servidores públicos, ni celebrar personalmente, o por interpuesta persona, contratos con el Estado, quienes hayan sido condenados, en cualquier tiempo, por la comisión de delitos que afecten el patrimonio del Estado o quienes hayan sido condenados por delitos relacionados con la pertenencia, promoción o financiación de grupos armados ilegales, delitos de lesa humanidad o por narcotráfico en Colombia o en el exterior.”
 
Eso no se puede modificar por Ley Estatutaria porque lo que acabo de leer está en la Constitución. Además la conexidad implica vínculo, relación, unión y el narcotráfico ha estado vinculado más a los crímenes contra la humanidad que a los ideales políticos. No es un buen mensaje  a los colombianos permitir que por esta vía queden amnistiados los narcotraficantes y si de conexidad se trata el narcotráfico es conexo pero no con el delito político sino con crímenes atroces que se han cometido en Colombia
 
La Voz del Derecho

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