Punto de Referencia: LA "NOTITIA CRIMINIS". José Gregorio Hernández Galindo Destacado

Punto de Referencia: LA "NOTITIA CRIMINIS". José Gregorio Hernández Galindo Imagen: La Voz del Derecho

 

Se conoce como "notitia criminis", el término genérico que comprende las distintas vías por las cuales la autoridad encargada de adelantar las indagaciones iniciales tiene conocimiento acerca de la posible ocurrencia de hechos o situaciones que pueden configurar la comisión de delitos o dar a entender, con cierta credibilidad, que los delitos se cometieron y  sobre ellos no ha habido investigación.

 

No necesariamente se trata de una denuncia, ni de una diligencia judicial, ni de un testimonio. Puede ser inclusive algo informal, como una confidencia o dato sin las características de una declaración judicial, pero, si ofrece elementos que hacen pensar que hubo delitos, la autoridad correspondiente debe proceder de oficio a iniciar las actuaciones previas que les permitan, o bien dar lugar a las investigaciones penales o a la instrucción,o bien a descartar que los hechos punibles hayan tenido lugar.

 

A la "notitia criminis" alude el artículo 250 de la Constitución en los siguientes términos:

 

"La Fiscalía General de la Nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio, siempre y cuando medien suficientes motivos y circunstancias fácticas que indiquen la posible existencia del mismo. No podrá, en consecuencia, suspender, interrumpir, ni renunciar a la persecución penal, salvo en los casos que establezca la ley para la aplicación del principio de oportunidad regulado dentro del marco de la política criminal del Estado, el cual estará sometido al control de legalidad por parte del juez que ejerza las funciones de control de garantías".

 

Esto lo debe tener en cuenta la Fiscalía, por ejemplo, en cuanto a la información que, sobre posibles delitos, pueda provenir de las declaraciones de Aída Merlano en Venezuela, aunque no se trate de declaraciones rendidas dentro de nuestros procedimientos.Actuar de oficio, ante la "notitia criminis".

Modificado por última vez en Lunes, 17 Febrero 2020 11:08
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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