Certidumbres e inquietudes: UN CRIMEN ATROZ. José Gregorio Hernández Galindo Destacado

Certidumbres e inquietudes: UN CRIMEN ATROZ. José Gregorio Hernández Galindo Imagen: Twitter

La Policía Nacional es una institución democrática cuya función consiste en proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y en asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Como cuerpo armado permanente de naturaleza civil, tiene por fin primordial “el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz” (artículos 2 y 218 de la Constitución). Pero, justamente por razón de la autoridad que se le confiere, tiene un mayor compromiso con el Derecho, y no puede usar las armas de la República contra los ciudadanos, ni igualar su comportamiento al de los criminales. 

Cuando se creía que los denominados “falsos positivos” -al menos 6402 crímenes cometidos por militares para presentar a las víctimas como guerrilleros dados de baja en combate- habían quedado en un pasado vergonzoso, se conoce un aberrante caso, ocurrido el 25 de julio de 2022 en el corregimiento de Chochó -Sucre-: tres jóvenes, completamente indefensos, fueron ejecutados, mediante disparos a boca de jarro, por un coronel de la Policía Nacional, según narración de sus propios subalternos. Aunque después se estableció que eran inocentes, habían sido capturados durante una redada, bajo sospecha de haber participado en el malvado “plan pistola” -de la organización terrorista “clan del golfo”- y estaban en poder de la Policía cuando fueron ejecutados a mansalva.  

No eran delincuentes, pero, así lo hubiesen sido, nuestra Constitución prohíbe la pena de muerte. Si eran sospechosos, han debido ser entregados a la Fiscalía y a los jueces, para su investigación y juzgamiento, bajo la presunción de inocencia, y con las garantías del derecho de defensa y el debido proceso. Pero no se les dio oportunidad alguna en tal sentido. Fueron torturados, asesinados y oficialmente presentados como si hubieran sido miembros de la aludida organización criminal, dados de baja en combate.  

La narración, expuesta por el congresista Alex Flórez en una sesión del Senado, sobre lo que -según testimonios de sus subordinados- hizo un coronel de la Policía -comandante operativo en Sucre- es escalofriante: “Retiró el arma de su estuche y a sangre fría les  disparó a menos de diez centímetros de distancia —como reposa en la epicrisis de la clínica— en la frente, en la cabeza, en el tórax y en las piernas a los tres jóvenes, ante la mirada impávida de los patrulleros, uno de ellos con veinte años y mes y medio de haber entrado a la Policía”. 

Es inconcebible. Un asesinato de estas características, a sangre fría, sobre personas puestas en absoluto estado de indefensión, es un acto inhumano y criminal que no puede quedar impune, ni se puede repetir. No basta con la suspensión de los involucrados. El proceso penal -desde luego, con todas las garantías- debe ser adelantado de manera oportuna, transparente y eficaz para realizar la justicia, y el Estado debe entregar la verdad al país, el respaldo y la reparación a las familias de las víctimas. Justicia ordinaria. No cabe el fuero policial.

 
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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