POR JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO
Los términos son importantes en el Derecho, porque si no existen o no se respetan, los procesos se extienden indefinidamente y las soluciones se dilatan. No llegan. O llegan tarde, que es lo mismo que bendecir, mediante fallo, una injusticia.
Corte en sesión pública- Imagen de ALIEN
Eso explica en buena parte la crisis de la administración de justicia, la enorme congestión y la desesperante lentitud de los procesos. Doce, trece, catorce años en un proceso; anaqueles repletos de expedientes que se enpolvan y muchas veces se pierden; las partes aguardando decisiones; abogados inescrupulosos buscando resoluciones favorables mediante procedimientos non santos, o pretendiendo enredar los trámites para retardar artificial e ilícitamente las providencias.
Esta reflexión es válida particularmente en el campo propiamente judicial, en que los jueces exigen a las partes con rigor extremo el cumplimiento de los términos (si el abogado llega a presentar su memorial cinco minutos tarde, pierde el pleito y enfrenta casi seguramente un proceso disciplinario) pero ellos mismos -los jueces y magistrados- no los cumplen, siempre con la disculpa de la misma congestión y del exceso de trabajo. Y mientras más arriba en la escala jerárquica, mayor demora y más larga espera. Que lo digan, si no, los miles de procesos que esperan fallo en los juzgados, en los tribunales, en la Corte Suprema y en el Consejo de Estado. Y el vicio se le está prendiendo a la Corte Constitucional, que cumplía siempre los términos pero que ahora se ha inventado la suspensión de los mismos so pretexto de decretar y practicar pruebas en las revisiones de tutela, para dilatar decisiones de fondo, como ocurre con el famoso caso de la adopción de menores por parejas del mismo sexo, y que tarda meses en entregar los textos definitivos de los fallos.
Pero también se nota gran paquidermia en procesos administrativos, como los de elección de funcionarios y dignatarios. Es indispensable que, una vez recibidas las listas de candidatos del Consejo Superior de la Judicatura, no transcurran años para definir quiénes ocuparán las vacantes en las altas cortes. Hay que establecer términos legales perentorios, inclusive previendo la imposición de sanciones por mala conducta de los magistrados cuando los plazos no se respeten. En esos aspectos y en toda la actividad judicial. Menos viajes de los magistrados y más trabajo.