El caso de la ex senadora Piedad Córdoba ilustra a la perfección la dualidad de funciones existentes en el sistema jurídico sancionatorio en vigor, y pone de presenta, además, que algunos organismos juzgan y condenan sin un suficiente material probatorio, o muchas veces sin la certeza, oponible al procesado, en el sentido de que ha violado la ley y merece la sanción.
En efecto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia archivó la investigación de orden penal que adelantaba contra Piedad Córdoba con el argumento de que en su condición de servidor público habría entregado entregado al menos 25 millones de pesos al entonces candidato a la Cámara a de Representantes, Ricardo Montenegro.
Esta decisión de la Corte, que no encontró mérito para seguir proceso penal contra la dirigente política, no tendría nada de particular, pues sería una entre miles de decisones sobre asuntos similares, si no hubiera sido por el anuncio del propio Fiscal actual en el sentido de que revisaría lo actuado en el caso al amparo del proceso disciplinario. Y todo eso conduce a injusticias, como la subrayada. La justicia implica, como nos lo enseñan desde nuetros primeros días en las aulas universitarias, "la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo que le corresponde" (Ulpiano). No lo que no le corresponde, ni lo que corresponde a otros, ya como derecho, ora como carga u obligación.
Entonces, el presupuesto normativo no parece cumplirse en el paradigmático caso en referencia. El cargo: haber recibido dinero -poco o mucho- de alguien procesado y condenado por delitos, según las leyes. ¿Se lo probaron a Córdoba y se la halló responsable? El Procurador responde que sí, y que por ello la vuelve a destituir y la inhabilita por catorce años para desempeñar cargos públicos. Hoy la Corte Suprema, en cuanto al mismo cargo, la exonera de responsabilidad. La Procuraduría habló de una falta gravísima, al considerar que la ex congresista entregó para campaña pero sin autorizacion de su partido.
Por su parte, la Corte arguyó que no encontró ningun mérito para continuar con la investigación, motivo por el cual se decidió su archivo.