La Sección Primera del Consejo de Estado le advirtió a las instituciones educativas que deben tomar medidas que permitan prevenir, detectar y atender las situaciones de violencia escolar.
Explicó la magistrada María Claudia Rojas Lasso, ponente de la decisión, que quien debe detectar las situaciones anómalas de comportamiento son las instituciones educativas y no solo limitarse a cumplir con lo ordenado en los manuales de convivencia y las normas nacionales al respecto.
Reiteró el Consejo de Estado que “el acoso escolar entre otras conductas se presenta con el hostigamiento, intimidación, maltrato, violencia, exclusión social y discriminación que sufre un niño en el entorno escolar por parte de uno o varios compañeros. De este modo, el acoso puede provenir la violencia física, verbal, simbólica y en particular emocional, que atenta contra la dignidad del menor de edad y ocurre de manera intencional, reiterada y continua”.
El pronunciamiento lo hizo el alto tribunal al estudiar una tutela de una mujer en representación de su hijo menor de edad, que debió abandonar una institución educativa, por el maltrato del que era víctima por parte de sus compañeros e incluso de su propia profesora que lo molestaba diciéndole que era homosexual.
Señaló la Sala que en este caso los procedimientos, estrategias y acciones demostraron ser inoperantes en dicho colegio, ya que el joven debió soportar la quema de su uniforme, situación que aunque fue conocida por la psicóloga, esta no aviso al Comité de Convivencia Escolar para que activara el Protocolo de Atención Integral.
Aunque el Consejo de Estado negó la tutela al no tener las pruebas del caso, recordó que los menores de edad, tienen derecho a que se les proteja del acoso escolar y evitar que se afecte su honra y dignidad.