JURISPRUDENCIA. CORTE CONSTITUCIONAL. LA CALIDAD DE PADRE O MADRE DEBE REAFIRMARSE CON EL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES QUE TAN NOBLE CALIDAD IMPONE. Sentencia T-246/16 Destacado

20 Jun 2016
Valora este artículo
(4 votos)
5650 veces

“Cuando la convivencia para los hijos con sus padres no reporte la estabilidad física y emocional, de modo tal que garantice su desarrollo integral, surge la necesidad de adoptar medidas tendientes a amparar a los niños y al mantenimiento de sus derechos básicos (…) Para la Corte los derechos como madre no surgen simplemente de la nominación recibida como consecuencia de una concepción biológica, sino que estos nacen a partir de garantizarle al hijo sus derechos básicos, el amor y el cuidado propio del ser indefenso que es. Las garantías como padres no pueden soportarse exclusivamente en un proceso de la naturaleza. La calidad de padre o madre debe reafirmarse con el cumplimiento de los deberes que tan noble calidad impone”.

Haga clic aquí para leer el documento en PDF 

Modificado por última vez en Lunes, 20 Junio 2016 15:43
La Voz del Derecho

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.

Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Acerca de Nosotros

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.