La expresión veredicto que proviene de las voces latinas vere: con verdad y dictus: dicho, se emplean para referirse a la decisión sobre la culpabilidad o inocencia del reo, dictada por el juzgado que lo juzga. Se trata pues, de una decisión que versa fundamentalmente sobre los hechos que constituyen el objeto del proceso penal dejando librado al juez técnico, el pronunciamiento de la posterior sentencia, en la cual respetando la determinación sobre los hechos, llevada a cabo por el jurado, se resolverán los problemas jurídicos planteados y se fijarán concretamente los alcances de la decisión adoptada.