Continúa la polémica por el blindaje jurídico a los acuerdos de paz. La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó, en séptimo debate, el Acto Legislativo para la Paz, en el cual se incluyó un artículo transitorio pactado entre el Gobierno y las Farc. Éste último señala, entre otros, que con el fin de ofrecer garantías de cumplimiento del Acuerdo Final, una vez se firme y entre en vigor, ingresará al bloque de constitucionalidad para ser tenido en cuenta durante la implementación y que será considerado como un Acuerdo Especial en los términos de los convenios de Ginebra.
En Debates Constitucionales contamos con la participación del jurista y exmagistrado del Consejo Superior de la Judicatura, Álvaro Echeverry; y del experto en temas de paz y Derecho Internacional Humanitario, Álvaro Villarraga. Además, con los miembros permanentes de la mesa; los abogados y docentes, Sergio Reyes Blanco y Luis Alfonso Fajardo, la periodista Sharon Ramírez Santamaría y la estudiante de Derecho de la Universidad del Sinú, María Ximena Charry. Bajo la dirección del exmagistrado José Gregorio Hernández.
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Álvaro Echeverry defendió la inclusión del mencionado artículo transitorio; sin embargo, advirtió que en términos de procedimiento “usualmente el Gobierno mete las patas por el afán” y expresó su apoyo a la propuesta de la representante a la Cámara, Angélica Lozano, de que antes de registrar el acuerdo en Suiza; se firme la paz, se lleve a cabo el plebiscito y se tramite un proyecto de ley de acuerdo especial ante el Congreso.
Por su parte; Álvaro Villarraga indicó que con la propuesta de un Acuerdo Especial “no se está atentando contra la Constitución” y agregó que “al final lo que se está intentado es acabar con una guerra de 50 años y preservar garantías a futuro de lo que se pacte en el Acuerdo Final (...), por lo cual resulta viable recurrir a figuras extraordinarias de orden temporal y de flexibilidad penal y constitucional.
Al Acto Legislativo por la Paz sólo le resta un debate y la respectiva conciliación entre el texto que apruebe la Cámara de Representantes y el texto que aprobó el Senado de la República. Posteriormente, sería sancionado por el Presidente de la República y luego pasaría a control de constitucionalidad en la Corte.