La ley no ha señalado un término de vigencia para el certificado de existencia y representación legal que expiden las cámaras de comercio, pero es pertinente advertir que teniendo en cuenta que los actos y documentos sujetos a inscripción pueden ser modificados en cualquier momento y las cámaras de comercio deben proceder a su registro siempre que se cumplan los requisitos previstos para dicha inscripción, los certificados de existencia y representación legal no tienen una vigencia temporal específica. En consecuencia, mientras no se presenten otros actos y documentos que alteren las inscripciones previas, tales certificados corresponderán exactamente a lo que se encuentre inscrito. De acuerdo con lo anterior, es necesario obtener certificados de existencia y representación legal recientemente expedidos por la cámara de comercio respectiva.
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