JURISPRUDENCIA.- CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. Sanción a Juez que no respeta a una de las partes. Destacado

13 Feb 2017
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Incurre en falta, el  juez que omite su deber de guardar la cortesía y el respeto debidos para con todas las personas que intervienen en las diligencias judiciales. Requerir a una de las partes de manera inadecuada, irreverente e irrespetuosa, compromete tanto el buen nombre y la credibilidad de la parte afectada, como la dignidad de la administración de justicia.

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