“La corte Constitucional Colombiana ha fijado reglas Constitucionales, Legales y Jurisprudenciales que pueden ser aplicadas para determinar en qué consiste el interés superior de cada niño, dependiendo de las circunstancias particulares”.
- Garantía del desarrollo integral del menor.
- Garantía para el pleno ejercicio de los derechos fundamentales.
- Protección del menor frente a riesgos prohibidos.
- Equilibrio entre los derechos de los niños y los derechos de sus padres sobre la base que prevalecen los derechos del menor.
- Provisión de un ambiente familiar apto para el desarrollo del menor.
- Necesidad de razones poderosas que justifiquen la intervención del Estado." (SENTENCIA T 679 de 2012).
Además habrá de armonizarse con los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos ratificados por Colombia.
Conduce: Dra Rocio Puerta