LA ANGUSTIA DEL SECUESTRO

02 Ago 2004
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No faltó quien criticara al doctor Jaime Losada por haber pagado a los secuestradores a cambio de la libertad de sus hijos, y unos días después se dieron versiones contradictorias sobre el mismo tema por parte del primo lejano del Presidente de la República, quien permaneció secuestrado por algunas horas.

 

Tal parece que algunos siguen con la idea de condenar al familiar del secuestrado, que por supuesto es victima  -quizá la más sufrida-  de los delincuentes, por el hecho de buscar la recuperación con vida de sus seres queridos.

 

En el fondo de ese criterio hay una concepción inhumana acerca del conflicto inmenso al que se ven enfrentadas en tales casos las personas cercanas al retenido  -allí reside una de las peores características de atrocidad y de oprobio de este delito-,  y también una gran ignorancia en torno a la figura jurídica del estado de necesidad, que se define como aquella circunstancia en que alguien se ve precisado a hacer algo contra su voluntad por la necesidad imperativa de salvarse o de salvar a otro de un daño grave, inminente e irreparable, lo que elimina la antijuridicidad de la conducta en cuanto la justifica.

 

Precisamente en ello se basó la Corte Constitucional  en 1993, cuando declaró la inexequibilidad de las normas de la Ley 40 de ese año, que contemplaban como delito el pago de rescates para la liberación de secuestrados.

 

Todavía se recuerdan las furibundas críticas que los autores de la ley, entre ellos el actual Vicepresidente de la República, hicieron a la Corte, desconociendo el sentido jurídico de la decisión.

 

Debe tenerse en cuenta, además, que los familiares de los secuestrados han venido reclamando desde hace tiempo las gestiones del Gobierno para llegar a un acuerdo humanitario, y no han obtenido resultado. No se les puede exigir que permanezcan indefinidamente esperando que la ansiada libertad de sus seres queridos llegue por la azarosa vía de los operativos militares, que ya sabemos cómo culminan generalmente; basta recordar los dolorosos casos de la exministra Araújo Noguera, del exgobernador Gaviria y de su asesor de paz Echeverri Mejía.

 

¿En dónde queda la obligación del Estado de velar por la vida y la libertad de las personas residentes en Colombia?

 

¿Cuál es la actitud que los críticos esperan de las numerosas familias de personas secuestradas hace varios años, que miran con desesperación y desconsuelo que otros procesos de paz se adelantan -y a qué costo institucional-,  pero nada se hace por aliviar su angustia?

 

 

 

 

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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