PERIODISMO IRRESPONSABLE

08 Sep 2009
Valora este artículo
(0 votos)
3816 veces

Un concepto en el cual ha insistido la jurisprudencia de la Corte Constitucional es el equilibrio entre derechos fundamentales. El pleno ejercicio de un derecho no puede implicar el sacrificio de otro u otros, y en cuanto así suceda, ya no se está en uso del derecho sino abusando de él.

 

Lo decimos por el caso de la prensa. Es tal su importancia en nuestra sociedad que en muchas ocasiones, sino es por una denuncia o una investigación periodística, se podrían cometer impunemente los peores delitos contra los derechos humanos, el patrimonio público y la moralidad administrativa.

 

El periodismo, ejercido en forma responsable y seria, es factor esencial para el sostenimiento de los valores y postulados propios del Estado de Derecho, y constituye soporte irremplazable del sistema democrático, de los derechos, de las libertades, de la adecuada exigencia social de responsabilidades a los servidores públicos. Es freno y contrapeso, y una forma eficaz de velar por el interés colectivo y su prevalencia.

 

Por eso, la acción estatal en pro de la libertad informativa es indispensable para garantizar que el periodismo se pueda ejercer con independencia. Pero desde luego, los medios y los periodistas tienen en forma correlativa una enorme responsabilidad que también se puede deducir judicialmente, mediante acciones constitucionales, civiles y penales. No puede haber censura pero sí responsabilidad posterior.

 

La libertad de prensa no otorga “patente de corso” para atropellar o desconocer otros derechos, también fundamentales.

 

Nos preocupa una tendencia actual de algunos medios. Que, so pretexto de la libertad de prensa se pueda poner  en la picota pública la moralidad, la reputación y el futuro profesional de personas en concreto con base en indicios circunstanciales caprichosamente deducidos por los periodistas, sin asomo de proceso. Es muy grave, que por ejemplo, personas contra las cuales no existe prueba fehaciente sobre conductas indebidas sean públicamente expuestas como corruptas.

 

En muchos casos, la persona está indefensa ante el poder del medio. No hay presunción de inocencia. La hay de culpabilidad. No hay debido proceso; no hay derecho a la defensa; no hay pruebas debidamente obtenidas ni valoradas; no hay presunción de buena fe; no hay respeto a la intimidad. La honra y el buen nombre son desconocidos, y en buena parte de los casos el fallo no lo dictan los jueces sino quienes ejercen un periodismo irresponsable.

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
Elementos de Juicio

Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Acerca de Nosotros

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.