NO ES LO MISMO EL CÁNCER QUE LA GRIPA

15 Ene 2009
Valora este artículo
(0 votos)
2924 veces

Paradójicamente, el Gobierno al que sirvió con fervor la Representante Sandra Ceballos -uribista de primera línea- ha objetado el proyecto de ley que el Congreso aprobó en homenaje suyo, orientado a que las entidades de salud brinden una protección especial y un cuidado integral a los enfermos de cáncer, precisamente la enfermedad que acabó matando a Sandra.


Las objeciones presidenciales han sido formuladas contra el proyecto por razones de inconveniencia y de inconstitucionalidad. Hasta donde entendemos, las de inconveniencia radican en el alto costo que para el Estado demandará la atención a los pacientes que padecen esa mortal enfermedad, argumento deleznable en el Estado Social de Derecho, e inaceptable, cuando el Estado sí destina cuantiosos recursos al pago de recompensas multimillonarias para antiguos guerrilleros.


Las objeciones por inconstitucionalidad, sobre las cuales tendrá que resolver en último término la Corte Constitucional, si el Congreso insiste en el proyecto, radican en una supuesta ruptura del principio de igualdad, dice el Gobierno que en cuanto se dará preferencia a unos enfermos -los de cáncer- sobre otros.


Por una parte, si se quiere igualar, deberíamos igualar por lo alto, y no por lo bajo, es decir brindar toda la atención requerida a todos los enfermos, en vez de pretender que nadie reciba atención integral.


Por otra, no es admisible ese concepto de la igualdad, que desconoce reiterada jurisprudencia, según la cual dicho principio no consiste en dar a todos exactamente el mismo trato, sino en tratar igual a lo igual y en forma diversa a lo desigual, y es claro que no es lo mismo padecer cáncer que tener una gripa.

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
Elementos de Juicio

Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Acerca de Nosotros

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.