El informe de conciliación de reforma a la justicia

N. del D.

Para conocimiento de nuestros lectores transcribimos la siguiente carta, relativa a la conciliación de la reforma a la Justicia.

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Bogotá, D.C. 19 de Junio de 2012
 
 
 
 
 
Doctores
 
JUAN MANUEL CORZO ROMAN
 
Presidente
 
Senado de la República
 
SIMON GAVIRIA MUÑOZ
 
Presidente
 
Cámara de Representntes
 
Ciudad
 
 
 
REF:   Informe de Conciliación al Proyecto de Acto Legislativo No.07/11  (acumulado con los Nos.9/11, 11/11, 12/11 y 13/11 Senado – 143/11 Cámara “POR MEDIO DEL CUAL SE REFORMAN ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA CON RELACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
 
                                          
 
 
 
 
 
Respetados Presidentes:
 
 
 
En consideración a la designación efectuada por las Presidencias del Senado de la República y la Cámara de Representantes y con base en lo dispuesto en los artículos 161 de la Constitución Política y 186 de la Ley 5ª de 1992, los suscritos Senadores y Representantes, miembros de la Comisión Accidental de Mediación, nos permitimos someter a consideración de las respectivas Plenarias, el texto que debidamente analizado hemos decidido acoger.
 
 
 
Con el fin de cumplir con el honroso encargo, nos hemos reunido para analizar y estudiar el texto que a continuación presentamos, en los siguientes términos:
 
 
 
Se identificaron los artículos sobre los cuales no hay diferencias y aquellos en los cuales no hay mayor controversia y se decidió preferiblemente analizar artículo por artículo.
 
La numeración a continuación, correspnde al texto aprobado en octavo debate.
 
 
 
Con relación al artículo primero: por no existir acuerdo se elimina este artículo y en consecuencia quedaría como está actualmente en la Constitución.
 
 
 
En el artículo 2° por unanimidad con la salvedad del Voto del Senador JUAN MANUEL CORZO el aprobado por la Cámara de Representantes y se sustiuye el inciso 6 por el de Senado de la República. Inciso 7 así: “De manera excepcional, la ley podrá conferir funciones jurisdiccionales a centros de arbitraje, centros de conciliación y notarios”  y se adiciona “En los eventos en que no hubiere lugar a Arancel Judicial, la tarifa tasa o remuneración será fijada por la Ley”
 
 
 
 
 
Artículo 3° Se acoge el texto aprobado por el Senado de la República,
 
 
 
Artículo 4 Se acoge el texto aprobado por el Senado de la República, adicionando las expresiones “por conductas cometidas en ejercicio de sus funciones” (por corresponder a un asunto funcional)e igualmente se incluye a los miembros del Consejo Nacional de Disciplina Judicial
 
 
 
Artículo 5° Se acoge el texto aprobado por el Senado de la República y se adiciona en el encabezamiento la expresión “políticos”, como lo aprobó la Cámara de Representantes
 
 
 
Artículo 6 Se acoge los numerales 1,2,3,4, tal como fue aprobado por el Senado de la República En el numeral 5 se acoge el de Senado y se le incluye las expresiones “que no tengan relación con sus funciones” y “Causal de indignidad” y se elimina lo referido a la conformación y calidad de los miembros de la Comisión de Aforados .
 
:
 
El parágrafo 1° corresponde al aprobado por la Cámara de Representantes y el parágrafo 2° corresponde al parágrafo primero aprobado por el Senado de la República y se le adiciona la expresión “o fiscales”. El parágrafo 3° corresponde al aprobado por la Cámara adoptando la expresión “y de ellas no se desprenderá ningún tipo de responsabilidad para los Congresistas.” Y se elimina el conflicto de intereses de ese parágrafo.
 
 
 
El parágrafo transitorio queda como el aprobado por la Cámara
 
 
 
El artículo 7° Se adopta el aprobado por la Plenaria del Senado, eliminando el término inhabilidades de la causal primera y se adicionanlos parágrafo 2° ytransitorio aprobado por la Cámara. 
 
Artículo 8°  Se adopta el aprobado por el Senado y  se acoge el numeral 4 aprobado por la Cámara de Representantes, adicionando la expresión “suspensión”  y el inciso  “En todo caso la suspensión no podrá ser superior a un año.”, aprobado por el Senado y el parágrafo transitorio aprobado por la Cámara eliminando lo relacionado con las etapas y trámites y se deja la expresión “Igual procedimiento se surtirá en los demás procesos que se adelanten ante la jurisdicción contenciosa administrativa en contra de los congresistas”
 
Artículo 9 igual en Senado y Cámara
 
Artículo 10° Tal como fue aprobado por el Senado de la República
 
Artículo 11° Tal como fue aprobado por la Cámara de Representantes
 
Artículo 12° Como fue aprobado por el Senado pero con las siguientes modificaciones, modulado:
 
En el inciso segundo se mantiene el aprobado por el Senado, eliminando la expresión “y la remisión del expediente a otro operador Jurisdiccional e incluyendo la expresión sin perjuicio de las demás consecuencia que señale la Ley
 
El inciso tercero tal como fue aprobado por la Cámara
 
El inciso cuarto, tal como lo aprobó Senado
 
El parágrafo no tuvo modificaciones igual en Senado como en Cámara
 
El parágrafo transitorio de Cámara y se armoniza su redacción
 
 
 
Artículo 13° Se acoge el aprobado por la Cámara
 
 
 
Artículo 14 El aprobado por el Senado con las 3/5 partes aprobado por la Cámara
 
 
 
Artículo 15° El aprobado por el Senado y se elimina el numeral 5°
 
 
 
Artículo 16 Se acoge el aprobado por la Plenaria del Senadocon una adición y se incluye el parágrafo transitorio aprobado por la Cámara de Representantes
 
 
 
Artículo 17°. Se adoptan los numerales 1,2,3,4,,5,6,7 y 8 de Senado.  En el numeral 4 se introduce una modificación en relación con la investigación  y juzgamiento de los aforados mencionados allí
 
Se acogen el parágrafo 1 y 2 del Senado, adicionado con el inciso 3° del parágrafo 2° de Cámara.  El Parágrafo 3°, 4, (se hace una modulaciión en relación con los postulantes de los Magistrados a elegir) 5 y 6° de la Cámara. y se pasa de ocho (8) a cuatro (4) años
 
 
 
Artículo 18 Como está aprobado en Cámara
 
 
 
Artículo 19 Como está aprobado en Cámara
 
 
 
Artículo 20 El titulo como fue aprobado en Cámara y se adiciona la expresión Gobierno y el resto lo aprobado por el Senado y se cambia la expresión Sala por Junta en el literal b y en el  inciso segundo del numeral 3
 
 
 
Se elimina el parágrafo transitorio 1 aprobado por la Cámara y se acoge el parágrafo transitorio 2 de la Cámara con unas modificaciones
 
 
 
Artículo 21, El aprobado por el Senado de la República
 
 
 
Artículo 22.  Se adopta el de Senado de la República y se cambia la expresiones Sala Ejecutiva de Administración Judicial por Junta Ejecutiva de Administración Judicial
 
Se adoptan los parágrafos 1 y 2  aprobados en Senado en el parágrafo 1 se cambia la expresión Sala por Junta y se acogen los parágrafos transitorios 3,4 y 5 aprobados de Cámara
 
 
 
Artículo 23 se acoge el texto de Senado con la aclaración que no es Sala sino Junta en el encabezamiento
 
 
 
Artículo 24 El aprobado por el Senado (25 de Cámara) y se adoptan los parágrafos transitorios 1 y 2 de Cámara y el inciso 1 de Cámara
 
 
 
Artículo 25 Se acoge el texto de Senado
 
 
 
Artículo 26. Se elimina
 
 
 
Artículo 27 (26 de Cámara) El aprobado por el Senado
 
 
 
Artículo 28(27 de Cámara) igual
 
Articulo 29 Senado (28 Cámara) se aprueba el de Cámara con unos cambiosde redacción
 
 
 
Articulo 30 Senado (29 Cámara) Se acoge Senado
 
Se elimina el artículo nuevo de la Cámara de Representantes, con la salvedad de  los votos ORLANDO VELANDIA SEPULVEDA Y ALEJANDRO CARLOS CHACON.
 
 
 
Articulo 31 (30 de Camara) Promulgación – Igual.
 
 
 
De esta manera presentamos a continuación el texto Conciliado.
 
 
 
Cordialmente,
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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