"LO MÁS SALUDABLE ES DEJAR MORIR LA REFORMA A LA JUSTICIA"

LEYENDO LA PRENSA

N. del D.

Es grande la encrucijada en que se encuentran el Estado y la sociedad colombianas tras el bochornoso episodio de la conciliación de textos en el Congreso sobre el proyecto de Acto Legislativo por el cual se reforma la Constitución en materia de administración de justicia, y su posterior devolución por parte del Presidente Santos a las cámaras -que están en receso-, negándose ea promulgar la norma y generando una monumental polémica jurídica y política.

Ya rodó la primera cabeza en el curso de esta crisis: la del Ministro de Justicia y del Derecho Juan Carlos Esguerra Portocarrero.

En las últimas horas, el presidente del Senado de la República, que por tanto es también el presidente del Congreso, anunció que también -como el Presidente Santos- se abstendrá de promulgar el  proyecto de acto legislativo.

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El periódico Vanguardia Liberal de Bucaramanga presenta el siguiente informe:

 

“Lo más saludable es dejar morir la Reforma a la Justicia”
“Hay que hundir definitivamente la Reforma a la Justicia”. Esa es la recomendación que hace el expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández Galindo, ante la incertidumbre jurídica que hay en estos días por el polémico acto legislativo, al que según los entendidos le colgaron varios ‘micos’ en la conciliación entre Senado y Cámara.

 

Tanto él como los constitucionalistas Juan Manuel Charry y Wanda Fernández, esta última docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional, son claros en afirmar que la ley no prevé ni la objeción ni la sanción de un acto legislativo por parte del Gobierno Nacional.
 
A pesar de esto, el Presidente Juan Manuel Santos decidió objetar el acto legislativo y devolverlo al Congreso, ante la gravedad de una serie de objeciones, como las modificaciones a la pérdida de investidura y a las facultades de la Fiscalía para investigar a los parlamentarios (ver síntesis).
 
Frente a este tema, José Gregorio Hernández indicó: “el presidente Juan Manuel Santos no tuvo otra alternativa que negarse a promulgar la reforma, pues sin olvidar que él también tiene alguna responsabilidad, aprobar el acto legislativo tal y como estaba nos hubiera llevado al más grande abismo”.
 
La pregunta ahora es cuál es el siguiente paso a seguir, pues si bien ya se ha hablado de una recolección de firmas para un referendo revocatorio y de un nuevo debate en el Congreso, lo cierto es que no hay claridad jurídica sobre cuál debe ser el camino a seguir para evitar que el acto legislativo se aplique tal y como está actualmente. 
 
“Hay que comenzar de cero”
A pesar del anuncio de volver a discutir la reforma en el Congreso, José Gregorio Hernández es tajante al afirmar que el artículo 375 de la Constitución Nacional establece que solo se puede modificar la Carta Magna en sesiones ordinarias y en periodos consecutivos.
 
En otras palabras, no es posible que se modifique el texto de la reforma en sesiones extraordinarias, pues va en contra de la ley, y tampoco es posible que se haga en un periodo legislativo posterior (es decir, a partir del 20 de julio), ya que el trámite del acto legislativo se tenía que cumplir antes del 20 de junio, fecha en la que terminaron las pasadas sesiones ordinarias.
 
En ese orden de ideas, el expresidente de la Corte Constitucional indicó que no hay otra salida para él que enterrar de una vez por todas el acto legislativo y arrancar de cero la reforma el próximo 20 de julio, “pero esta vez sí haciendo una reforma que le sirva al país y que responda a los verdaderos problemas de la Justicia”.
 
Igual opinión tiene el exmagistrado y excandidato presidencial Carlos Gaviria, quien en un medio radial dijo que los ‘micos’ introducidos en la Reforma a la Justicia “fueron la tabla de salvación para el Gobierno, pues esta no es mala sólo por los ‘micos’, sino por todo su contenido”.
 
Gobierno quiere rescatar la reforma
A pesar de estas posiciones, con el anuncio del Presidente Santos de objetar el proyecto y devolverlo al Congreso quedó claro que la intención del Gobierno Nacional es no dejar morir la reforma y salvarla si es posible.
 
Frente a este tema, Wanda Fernández indicó en un medio de la Universidad Nacional que “no hay antecedentes constitucionales de esta situación y habría que mirar el Derecho comparado para tratar de establecer con jurisprudencia, por ejemplo, del Tribunal Constitucional de España o el Tribunal Constitucional de Alemania, cuál sería la salida más jurídica, más hidalga y más rápida para evitar el colapso total de la justicia”.
 
Juan Manuel Charry aclaró, no obstante, que la única autoridad que podría alegar que este acto legislativo es inconstitucional es la Corte Constitucional.
 
Para el experto, quienes propiamente pueden ‘tumbar’ este acto legislativo son los propios congresistas, en el caso de que aceptaran los “argumentos de inconstitucionalidad”. Si esta corporación no los llegase a reconocer (o no pudiera hacerlo por vencimiento de los tiempos, como explicó el exmagistrado Hernández Galindo), serían remitidos a la Corte Constitucional y esta “tendrá la última palabra”.
 
Así votaron los santandereanos
Aunque algunos parlamentarios reiteraron que no estaban de acuerdo con los cambios hechos a la pérdida de investidura, la mayoría de los congresistas santandereanos votaron positivamente la conciliación de la Reforma a la Justicia. En términos generales, 60 senadores aprobaron el texto y solo 16 lo desaprobaron. Por su parte, 104 representantes votaron por el sí y solo 10 lo hicieron por el no. Así fue la votación de los parlamentarios del departamento:
 
•Votaron positivo en Senado: Honorio Galvis Aguilar, Jaime Durán Barrera, Bernabé Celis, Mauricio Aguilar, Doris Vega.
 
•Votaron positivo en la Cámara: Lina Barrera, Gerardo Tamayo, Jorge Gómez Villamizar, Mario Suárez, Didier Tavera, Miguel Ángel Pinto, Holguer Díaz.
Votó negativo: Juan Manuel Galán.
 
Los ‘micos’ que se habrían colado
•El punto más cuestionado fue la eliminación por parte de los conciliadores de la violación al régimen de inhabilidades para ser legislador como causal de pérdida de investidura. Además, incluyeron un parágrafo para que solo puedan ser capturados cuando haya resolución de acusación en su contra.
 
•Los congresistas no podrán ser denunciados de forma anónima. Quien los denuncie deberá presentarse con nombre, cédula y pruebas.
 
•En la conciliación se decidió quitarle a la Fiscalía General de la Nación la competencia para adelantar la etapa de investigación en los procesos penales que se adelantan contra ministros, magistrados de tribunal, embajadores, directores de departamento administrativo, gobernadores, generales y almirantes, entre otros funcionarios con fuero. Estas competencias fueron mantenidas en los textos aprobados en Senado y Cámara, por lo que los conciliadores no podían modificarlas.
 
•Con la conciliación, los congresistas serán investigados y juzgados en doble instancia, pero a través de dos nuevas salas en la Corte Suprema, totalmente independientes de la Sala Penal, que es la que ha llevado los procesos de la parapolítica.
 
•Otro aspecto que no fue del gusto de la Presidencia fue la supresión del régimen de transición para la eliminación de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. Esto, según Santos Calderón, llevaría a que “el día siguiente de promulgar la reforma habría otro factor de colapso en la rama judicial”.
 
“Mi renuncia es irrevocable” Juan Carlos Esguerra
El ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, presentó su renuncia irrevocable al presidente Juan Manuel Santos, luego del escándalo suscitado por la aprobación de la reforma a la justicia en el Congreso de la República.
 
“Ni mis funcionarios ni yo tenemos culpa alguna en la inclusión de textos inapropiados en la reforma a la Justicia. Pero a los funcionarios públicos nos caben responsabilidades políticas y por eso le presenté renuncia irrevocable al Presidente”.
 
La renuncia de Esguerra se produce después de que el presidente Juan Manuel Santos objetara el texto definitivo de reforma aprobado por la Comisión de Conciliación del Congreso y ordenara su devolución al Legislativo.
 
“A pesar del esfuerzo y del empeño con que actuamos siempre los funcionarios del Ministerio de la Justicia de quienes estoy orgulloso, no tuvimos la culpa en nada. Por esa razón, le presenté renuncia irrevocable al presidente Juan Manuel Santos”, dijo Esguerra.
 
Esta renuncia es la primera y más grave consecuencia de la crisis institucional desatada luego que el Congreso aprobara un texto de reforma con varios ‘micos’ a favor de los legisladores.
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EL ESPECTADOR informa sobre el daño institucional que habría causado esta reforma si hubiese entrado en vigencia tal como fueron aprobados los artículos en la conciliación:
"Para la Misión de Observación Electoral (MOE) ésta es la más grave de las 37 reformas a la Constitución de 1991. “Por su contenido más que una reforma a la justicia es una contra-reforma política a los logros alcanzados en los últimos años en la lucha contra la corrupción, y la relación entre política y grupos armados ilegales”.
Según la MOE, el camino hacia la impunidad se resume en cuatro puntos:
1. Incluir al procurador y al contralor dentro del antejuicio de responsabilidad política del congreso genera un círculo vicioso de impunidad entre los responsables de estas entidades y los congresistas.
“El Senado y Cámara de Representantes son los responsables de elegir al procurador y al contralor, respectivamente. Estos a su vez tienen como función investigar y sancionar disciplinariamente y fiscalmente a los congresistas. Con la modificación incluida en la reforma, el legislativo, mediante juicio político, habilita la posibilidad de que la Corte Suprema de Justicia inicie las investigaciones penales y disciplinarias contra estos dos funcionarios a través del nuevo procedimiento diseñado para aforados. Este nuevo diseño institucional, dentro del marco de la reelección del procurador General, desincentivará las sanciones disciplinarias contra los congresistas, al ser estos quienes pueden decidir su permanencia en el cargo”.
2. La exigencia de la presentación personal de los ciudadanos para denunciar a los aforados y la eliminación del principio de oficiosidad en las investigaciones restringe la iniciación de juicios políticos, penales y disciplinarios.
“Teniendo en cuenta la posición privilegiada en la sociedad y el poder que de ella derivan, y dada la naturaleza de los delitos por los que algunos aforados han sido investigados y condenados, establecer la obligación de que los denunciantes se deban identificar y no puedan actuar anónimamente en la práctica imposibilitará el inicio de las investigaciones y por ende las sanciones de los aforados. Es inaceptable que se elimine del juicio político el deber del Estado de perseguir la comisión de delitos y faltas disciplinarias por parte de funcionarios del más alto nivel. Esto atenta contras las garantías de los ciudadanos en un Estado Democrático de Derecho, fomenta la impunidad y acentúa la falta de credibilidad institucional”.
Según la Corte Suprema de Justicia, cerca del 90% de las investigaciones por parapolítica han iniciado por actuaciones oficiosas o por la presentación de denuncias anónimas por parte de los ciudadanos.
3. Las graves modificaciones realizadas a la pérdida de la investidura la desnaturalizan y la hacen prácticamente inoperante.
“En materia de régimen de pérdida de investidura se aprobó la peor versión que ha sido debatida dentro de todo el trámite de la reforma; tomando lo más negativo tanto de Cámara como de Senado: se elimina la violación del régimen de inhabilidades como causal de pérdida de investidura; se elimina la no toma de posesión del cargo como causal de pérdida de investidura; se incentiva la presentación de candidaturas “figura” o testimoniales defraudando la voluntad del elector; se establece la obligación de probar el dolo o la culpa del congresista, así como la graduación de la sanción; se impone el pago de las costas del proceso al ciudadano que desea proteger la moralidad pública, desincentivando la presentación de las demandas”.
4. El procedimiento adoptado para la investigación y juzgamiento de aforados en la Corte Suprema de Justicia hará prácticamente imposible la aplicación de la silla vacía y las sanciones de responsabilidad política de los partidos.
“Para los miembros del Congreso de la República, la Reforma Política de 2009 estableció como requisito para la aplicación de la silla vacía y de la responsabilidad de las organizaciones políticas, la emisión de sentencia condenatoria o imposición de medida de aseguramiento durante el periodo para el cual fueron elegidos. Estas sanciones serían prácticamente inoperantes debido a que: se amplía el periodo del proceso con la creación de una segunda instancia dentro de la etapa de investigación. Cuando lo que se pretendió desde un inicio era la doble instancia en el juzgamiento; se establece, injustificadamente, que la detención preventiva solo procede contra los aforados una vez exista resolución de acusación en firme. Para el caso del Congreso: “Voten mientras se los llevan presos; crean, injustificadamente, nuevos aforados: secretarios generales de Cámara y Senado”.
Frente al tema, la exfiscal Viviane Morales señaló que la reforma a la justicia es el "el cinismo institucional". Indicó que esa modificación lleva a que todo lo que se construyó, cuando fue fiscal, se va a erosionar. Explicó que el artículo 235, reformado, cambia la competencia de la Sala Penal de la Corte y dijo que a su juicio eso es "muy preocupante".
Al respecto, el ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, dijo que el Gobierno estuvo en desacuerdo con algunos aspectos aprobados en el texto final de la reforma".
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COLPRENSA, en artículo que publican varios periódicos del país, recuerda la historia de este proyecto:
"Estos fueron los días claves que le dieron vida al proyecto de reforma a la justicia que hoy tiene al Gobierno en la Picota pública, y a los colombianos ad portas de un referendo revocatorio. El común de nominador fueron los debates las riñas y las diferencias entre los interesados.
 
AÑO 2011
 
5 de agosto: Los ministros de Interior y Justicia, Germán Vargas Lleras, y Juan Carlos Esguerra radicaron ante el Congreso de la República el proyecto de reforma a la justicia.
 
7 de agosto: El procurador General de la Nación sentó su postura frente la radicación del proyecto advirtiendo que debía ser estudiado con calma.
 
14 de agosto: Se asignaron los primeros ponentes de la reforma: El liberal Jesús Ignacio García, el conservador Eduardo Enríquez Maya y el senador del Partido Verde, Jorge Eduardo Londoño.
 
23 agosto: Inicia la discusión en la Comisión I del Senado de la reforma, la cual desde ese entonces demostró que eran muchas las diferencias y que la discusión para encontrar acuerdos sería muy amplia.
 
6 de octubre: Tras un acuerdo entre el Gobierno, las Cortes y el Congreso, la Comisión I del Senado aprobó, en primer debate, el acto legislativo. Este día se propuso incluir el fortalecimiento del fuero militar.
 
18 de octubre: El presidente de la Comisión I del Senado, Luis Fernando Velasco, advirtió que el trámite de la aprobación de la reforma se estaría enredando debido a que habían sectores que pretendían hundirla.
 
8 de noviembre: Se aprueba la reforma a la justicia en su segundo debate sin mayores modificaciones.
 
23 de noviembre: El Consejo de Estado determina retirarse de la discusión sobre por estar inconformes con la forma en que se habían modificado y aprobado los debates.
 
2 de diciembre: La Comisión Primera de la Cámara aprobó en tercer debate la totalidad de la reforma a la justicia, allí se determinó incluir definitivamente el fuero militar, la eliminación de la Comisión de Acusaciones y la permanencia de la silla vacía en casos donde los congresistas pierdan su curul por delitos como tener nexos con grupos armados ilegales.
 
6 de diciembre: La Corte Suprema de Justicia igualmente decide apartarse de la discusión de la reforma a la Justicia, por considerar que no se estaban teniendo en cuenta sus conceptos, sino que los mismos estaban siendo sólo analizados como un trámite más.
 
14 de diciembre: La plenaria de la Cámara aprobó la reforma a la justicia en su cuarto debate y pasó a conciliación con el Senado para dar inicio a su segunda vuelta, allí se determinó que la Corte Constitucional será el órgano de cierre judicial. Por otra parte, se aprobó un artículo que establece que las Cortes no podrán nominar candidatos a procurador o contralor para que sean elegidos por el Congreso.
 
AÑO 2012
 
17 de abril: El Consejo de Estado retornó a los debates de la reforma a la justicia, la cual se estaba discutiendo en su quinto debate en la Comisión I del Senado, luego de haber estado marginado de la discusión desde el año pasado.
 
18 abril: La Comisión I del Senado aprobó la reforma a la justicia en su sexto debate y determinó mantener la existencia de una Sala de Gobierno y otra Jurisdiccional Disciplinaria en el Consejo Superior de la Judicatura, igualmente se determinó eliminar el artículo del fuero militar y se aprobó un presupuesto de 1.8 billones de pesos para la rama judicial por los próximos 6 años.
 
24 de abril: El Consejo de Estado determinó retirarse por completo de la discusión de la reforma a la justicia.
 
10 de mayo: El acto legislativo de reforma a la justicia surtió uno de sus pasos más importantes al ser aprobado en su sexto debate en la plenaria del Senado de la República. Allí se dieron varias modificaciones, como las eliminaciones del Consejo Superior de la Judicatura y la Comisión de Acusaciones. Además, la ampliación del periodo de los magistrados a 12 años, y facultar a los notarios y abogados para que fallen los llamados procesos menores.
 
31 de mayo: La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó el proyecto de reforma constitucional en su séptimo de ocho debates.
 
14 de junio: La Cámara de Representantes aprobó la reforma al sistema judicial colombiano, en el que se ratifica la eliminación de la Comisión de Acusaciones y el Consejo Superior de la Judicatura. 
 
20 de junio: Las plenarias de Cámara y Senado aprobaron con sendos ‘micos’ la reforma a la justicia.
 
21 de junio: Las irregularidades en la reforma que vio la luz despertaron el malestar ciudadano y se empezó ha hablar de la convocatoria a un referendo revocatorio. El presidente de la República en alocución rechazó la reforma y dijo que no la promulgaría". 
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La agencia AFP había presentado así la inminente crisis, antes de la intervención del Presidente Santos en televisión, durante la cual anunció las objeciones contra el proyecto de acto legislativo:
"El Congreso colombiano aprobó una reforma judicial impulsada por el gobierno del presidente Juan Manuel Santos, que ayer desató críticas, porque según analistas favorece la impunidad de los congresistas, y que podría ser derogada mediante un referendo popular.Al filo de la noche del miércoles, en la última jornada del primer periodo anual de sesiones, el Senado y la Cámara de Representantes le introdujeron cambios, que entre otros hacen muy difícil que los legisladores pierdan su investidura parlamentaria por cometer algún delito.
 
El ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, aunque defiende las “bondades” de la que consideró “histórica” reforma de la Justicia colombiana, dejó constancia del “desacuerdo” del gobierno con esos ajustes realizados a última hora.
 
En declaraciones a radioemisoras, Esguerra tras asegurar que con la reforma a la justicia la cobertura de la Justicia se ampliará en el país y ayudará a descongestionar los cuatro millones de procesos en trámite, admitió la posibilidad de corregir “algunos errores que hemos encontrado”.
 
El Ministro se mostró en desacuerdo con que con la reforma los congresistas o excongresistas que están siendo investigados por la Corte Suprema de Justicia o la fiscalía por presuntos vínculos con grupos paramilitares de extrema derecha puedan resultar favorecidos.
 
Por otra parte, Esguerra defendió que con la reforma los congresistas sólo podrán ser detenidos cuando la Justicia haya culminado una investigación en su contra y dictado una acusación formal.
 
La Corte Suprema de Justicia investiga a más de un centenar de políticos por presuntos vínculos con paramilitares, y en 2010 condenó a 10 exparlamentarios, mientras que en 2011 otros nueve también fueron declarados culpables, entre ellos dos expresidentes del Congreso.
 
“Lo que se hizo finalmente fue favorecer a los miembros del Congreso”, dijo a la AFP el expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández, quien aseguró que ahora los legisladores “van a poder delinquir sin ningún problema porque la Corte Suprema ahora no va a poder actuar como hasta ahora”.
 
El jurista además aseguró que el Congreso violó el trámite que requiere una reforma constitucional como la que se hizo para reformar la justicia, porque dijo, en la conciliación del texto -en la noche del miércoles- los congresistas introdujeron puntos que no fueron discutidos en los ocho debates previos".
Convocan referendo
 
Previo “una lluvia de demandas” contra la reforma y la convocatorio de un referendo popular para derogar la reforma, porque dijo “hay mucha indignación entre diversos sectores”.
 
El Polo Democrático Alternativo (PDA, izquierda), el único partido de oposición al gobierno de Santos, que no votó la reforma, se propone impulsar un referendo para revocarla, anunció el representante de esa bancada Germán Navas.
 
La exfiscal General, Viviane Morales, calificó la reforma como el resultado del “ejercicio del cinismo institucional”, y advirtió que “todas las investigaciones (a los políticos) que tenía la Fiscalía van a pasar a conocimiento de sólo tres magistrados (de la Corte), lo que quiere decir que la impunidad va a volver”.
 
Sin muerte política
 
El giro constitucional ordenó un cambio sustancial en cuanto a la no aplicabilidad de la muerte política para el congresista como la pena máxima a la que podría estar obligado.
 
La enmienda señala que se debe probar el dolo o la culpa del Congresista al momento de haber incurrido en el delito del que se le acuse, así como la graduación de la sanción. 
 
Para la directora de la Misión de Observación Electoral (MOE), Alejandra Barrios “estas modificaciones desnaturalizan la figura creada en la Constitución del 91. En ella la finalidad de esta institución era imponer la sanción más grave a las conductas más reprochables cometidas por los congresistas, sin atender a criterios subjetivos”.
 
Y un aspecto más es que en caso de presentar una denuncia contra un congresista y la misma no prospere, se impone el pago de las costas del proceso al ciudadano, lo cual en concepto de la MOE desincentiva la presentación de las demandas.
 
Por lo anterior, la MOE considera que esta reforma es un camino a la impunidad de los delitos que cometan los congresistas.
 
Procesos en vilo 
 
En próximos días Colombia seguramente empezará a escuchar que exfuncionarios investigados por casos como la ‘Parapolítica’, ‘Yidispolítica’, las irregularidades en la Dirección Nacional de Estupefacientes, e incluso por Agro Ingreso Seguro, presentarán sendas solicitudes de libertad o de nulidad de lo actuado.
 
Lo anterior, dado que el principio de favorabilidad señala que los procesados tienen derecho a ser investigados por la reglamentación que más les convenga.
 
El expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Jaime Arrubla Paucar, advirtió que esa es una de las consecuencias que dejó la aprobación de la Reforma a la Justicia que incluye una modificación al sistema de juzgamiento de los aforados.
 
“Se va a caer todo lo que es la ‘parapolítica’, la ‘yidispolitica’, todos los que no habían pasado ya a un juzgamiento porque el juez cambia, y tienen por el principio de favorabilidad derecho a lo que más conveniente les parezca. Yo veo esto desastroso, mejor dicho, perdimos lo que habíamos avanzado en la oralidad, muchos lustros”, dijo.
 
A su turno, el exmagistrado de la Corte Suprema, Alfredo Gómez Quintero, señaló que en la conciliación de la Reforma a la Justicia no quedó fijado “cuál es la suerte de los expedientes que actualmente se adelantan en la Corte tanto en etapa de investigación previa como en etapa de juzgamiento”.
 
En un primer momento, se entiende que los procesos actuales tendrán que ser repartidos en la nueva Sala de Investigación y Juzgamiento de la Corte Suprema de Justicia.
 
“El asunto tiene que ser asumido por las Cortes para que se vaya trazando una jurisprudencia que aplique las nuevas disposiciones”, consideró el expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández.
 
Bajo estas premisas, un Hábeas Corpus podría permitir la libertad de personas como los excongresistas santandereanos Rafael Castillo y Nelson Naranjo, capturados en marzo pasado por ‘parapolítica’; o bien, el exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, porque aunque ya está en juicio por presuntas irregularidades en la ejecución de AIS, el cambio de juez natural avala la solicitud tanto de libertad como de nulidad de lo actuado.
 
Igualmente estarían en vilo los juicios en la Corte contra el exsenador Iván Moreno Rojas por el ‘Carrusel de la Constratación’; el del exsecretario general de la Presidencia, Bernardo Moreno, y la exdirectora del DAS, María del Pilar Hurtado, por ‘chuzadas’.
 
 
 
La recomposición de la Corte
 
La Reforma a la Justicia introdujo en la Corte Suprema de Justicia una Sala de Investigación y Calificación integrada por seis magistrados, tres para la investigación en primera instancia y otros tres para la segunda instancia para los aforados constitucionales que, además, no podrán ser objetos de medida de aseguramiento hasta que no haya resolución de acusación en firme.
 
Igualmente, se creó una Sala de Juzgamiento para la primera instancia que estará compuesta por cinco magistrados que serán elegidos para períodos de ocho años por la Corte Constitucional de listas conformadas mediante convocatoria pública, por la Sala de Gobierno Judicial.
 
Pero, para la segunda instancia de juzgamiento, el Congreso dispuso que sea la Corte Suprema de Justicia en Pleno la que tome la decisión. Con esta nueva composición, la Sala de Casación Penal actual de la Corte Suprema de Justicia, que llevó a la cárcel a decenas de congresistas durante 20 años, funcionará de ahora en adelanta sólo para temas de casaciones.
 
 
 
Silencio en CSJ
 
Tras la aprobación de la Reforma a la Justicia, un particular silencio han guardado los presidentes de la Corte Suprema de Justicia y del eliminado Consejo Superior de la Judicatura.
 
La Corte se reunió ayer en Sala Plena pero consideró luego de apenas una hora de reunión que sólo se pronunciará cuando la norma sea promulgada. De hecho, su presidente, magistrado Javier Zapata, no se encuentra en la ciudad.
 
Sobre el silencio, el presidente del Consejo de Estado, magistrado Gustavo Gómez, prefirió no referirse.
 
En el Consejo Superior de la Judicatura, el silencio es el más desconcertante pues desde que se propuso la eliminación de esa  corporación no se ha presentado alguna defensa contundente del organismo por parte de su presidente, magistrado Ricardo Monroy Church, ni siquiera una manifestación de preocupación sobre qué va a pasar con los empleados.
 
Lo que sí manifestó la Comisión Interinstitucional de la Rama, que está compuesta por Zapata, Monroy y Gómez, fue una preocupación por la inexistencia de un mecanismo de transición del sistema de gobierno de la Rama.
 
Esto por cuanto en la conciliación de la Reforma, al final, se eliminaron varios artículos transitorios sobre la Sala Administrativa de la Judicatura y sólo se dejaron los de la Sala Disciplinaria.
 
Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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