Derecho Romano: 14.- SEGUNDO PERIODO.- (i) la costumbre; (ii) la interpretación de los pontífices y jurisconsultos. Destacado

04 Sep 2014
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La ley de las XII tablas conocida por todos los romanos, era concisa y muy general acerca de la forma que debían tener los actos jurídicos. Adicionalmente no precisaba los detalles de los procedimientos. Fue necesario, mediante una elaboración lenta, pero continua, llamada interpretatio a cargo de los colegios de los pontífices, interpretarla.

Los pontífices, estudiaban temas jurídicos relacionados con el jus sacrum, tales como la adrogación, la devolución de los sacra privata en caso de sucesión, la confarreatio, la determinación de las res religiosoe y otras. Lo anterior, hizo necesario que los pontífices –primeros conocedores del desenvolvimiento del derecho- fueran al mismo tiempo jurisconsultos.
 
Así las cosas, los patricios igual que los pontífices, fueron los únicos -durante mucho tiempo, siglo V- en conocer los secretos de los procedimientos judiciales y la lista de los días fastos, únicos días en que era permitido realizar delante del magistrado los ritos de las acciones de la ley.
 
Cuándo el pleito era entre plebeyos o uno de ellos y un patricio ¿qué debían hacer? acudir a los patricios o los pontífices.
 
Pero un liberto, Cneo Flavio[1], secretario del patricio Apio Claudio Caeco, filtra mediante una publicación llamada Jus flavianum[2], los días fastos y los secretos de los procedimientos judiciales, cuyo conocimiento era exclusivo de patricios y pontífices. La publicación fue completada, un siglo después, por Sexto/Elio, que fue edil curul y cónsul en el año 556 y posteriormente censor.
 
Con la publicación del Jus flavianum los plebeyos pudieron estudiar igual que algunos patricios, las cuestiones nacidas de la práctica de las leyes, y uno de ellos, Tiberio Coruncanio, el plebeyo que fue gran pontífice, fue el primer jurisconsulto en dar públicamente consultas jurídicas sobre temas relacionados con litigios.
 
Esta práctica iniciada por un plebeyo fue copiada por otros jurisconsultos y de esta forma, poco a poco, se hizo costumbre que las disputas fueran solucionadas en público mediante un dictamen de uno o varios jurisconsultos, quienes respondían oralmente o por escrito bien en su morada, bien en el foro: respondere y scribere.
 
Los mismos jurisconsultos fueron creciendo la nómina de empleados cuando decidieron rodearse de un consilium compuesto de prudentes a los cuales pudieran consultar en cada pleito.
 
Los jurisconsultos van adquiriendo prestigio y respeto en toda la sociedad romana y se va estructurando una organización judicial con jerarquías, siendo requisito fundamental para llegar a la más alta posición, ser un gran conocedor del derecho.
 
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[1] Cneo Flavio llega a ser sucesivamente tribuno, senador y edil curul en el año 450.
[2] Gracias a esta publicación la ciencia del derecho cesa de ser un privilegio de una casta celosa de guardar el secreto. 
Modificado por última vez en Jueves, 04 Septiembre 2014 16:28
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