JURISPRUDENCIA: CORTE CONSTITUCIONAL. Se ampara el derecho al trabajo, en conexidad con el mínimo vital de dos trabajadoras sexuales Destacado

20 Abr 2017
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JURISPRUDENCIA: CORTE CONSTITUCIONAL. Se ampara el derecho al trabajo, en conexidad con el mínimo vital de dos trabajadoras sexuales Imagen: HSB Noticias
Se ampara el derecho al trabajo, en conexidad con el mínimo vital de dos trabajadoras sexuales de la Taberna Barlovento, ubicado en el Municipio de Chinácota en el Departamento de Norte de Santander.
 
Desde la Sentencia T-629 del año 2010, considerada como el primer precedente de protección al trabajo sexual, quedó establecido como falta de garantías laborales,  el privar a los trabajadores sexuales de sus derechos fundamentales, aun cuando este se haga por cuenta ajena en un establecimiento de comercio y no de forma autónoma. 
 

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Modificado por última vez en Martes, 09 Abril 2019 08:36
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