¿RAZONES DE ESTADO?

27 May 2007
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Las propuestas del Presidente sobre liberación unilateral de guerrilleros y  libertad de personas implicadas en la parapolítica, no han encontrado eco en la opinión pública por varias razones: 1) Han sido improvisadas, y diríase que inducidas por el galope de los acontecimientos, lo que ha impedido explicaciones claras y completas acerca de sus alcances y de sus fundamentos jurídicos; 2) Se han formulado de manera confusa, por lo cual los ciudadanos, sin digerir todavía la idea relativa a la liberación de guerrilleros, se han visto, de manos a boca, enfrentados a considerar la tesis presidencial de que “la verdad” sobre parapolítica se obtiene sacando de la cárcel a quienes han sido detenidos preventivamente por la Corte Suprema o la Fiscalía, medida que  -según el Gobierno- contribuirá a “la memoria” de los hechos, impidiendo, como si de un castigo ejemplar se tratara, que las conductas delictivas en esa materia se repitan; 3) La gente advierte sin dificultad que estas propuestas contradicen reiteradas posiciones anteriores de Uribe, quien veía la liberación de guerrilleros  -inclusive a título de canje-  como precedente negativo en relación con el secuestro, y quien proclamaba a la vez que los políticos que resultasen probadamente vinculados al paramilitarismo debían ser sancionados con todo rigor; 4) También es perceptible la molestia que causa a la opinión una actitud del Ejecutivo orientada a interferir en los procesos judiciales que se adelantan, planteando “solución” a situaciones que considera críticas en el campo de la parapolítica, pero que deberían resolverse normalmente dentro de la regla sencilla de permitir que obre, sin sobresaltos y sin injerencias extrañas, la administración de justicia.

De otro lado, en el caso de los vínculos con el paramilitarismo, la propuesta presidencial presenta como gran sanción la de la muerte política, a cambio de la privación de la libertad, y con ello pretende olvidar que las actuales instituciones ya tienen previsto ese castigo, como puede verse en el artículo 179 de la Constitución, a cuyo tenor no podrán ser congresistas quienes hayan sido condenados en cualquier época por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos.

Por si todo lo anterior fuera poco, el doctor Uribe invoca “razones de Estado”, es decir motivos que excluyen toda sujeción a la moralidad o al Derecho, frente a las cuales debiera claudicar  -según su concepto-  toda forma de oposición, de critica o de examen, como en Maquiavelo: “Que el Príncipe piense en conservar su vida y su Estado. Si lo consigue, todos los medios que haya empleado serán juzgados honorables y alabados por todo el mundo”.

Pésimo mensaje para los colombianos y también al exterior.

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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