DISTINGAMOS

14 Jul 2010
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Una cosa es reconocer que, como en efecto ocurrió el 1 de marzo de 2008, Colombia violó la soberanía del Ecuador durante la denominada “Operación Fénix” –que culminó con la muerte de alias “Raúl Reyes” y varios guerrilleros más-, pues ingresó con aviones y armas en el territorio del país vecino sin su autorización, y otra muy distinta estar de acuerdo con la teoría que se viene imponiendo en  el proceso judicial iniciado por la justicia ecuatoriana en relación con esos hechos.

 

De una parte, debe recordarse que ya Colombia –no en una sino en varias ocasiones-, por boca del propio Jefe del Estado, el Presidente Uribe, ha ofrecido las disculpas correspondientes a ese gobierno, y ha explicado los motivos para haber actuado como actuó.

 

Desde luego, por convicción personal sobre el carácter inviolable de la soberanía de un Estado, no comparto la tesis según la cual estaríamos autorizados para penetrar en un territorio extranjero  con el solo objeto de perseguir y dar muerte a uno o varios guerrilleros colombianos. No creo que, si llegáramos a saber que alias “Mono Jojoy”, “Cano”  o cualquiera otro de los jefes de las Farc está radicado en Washington, en París o en Ciudad de México, fuera legítimo a la luz del Derecho Internacional enviar unos comandos de nuestro Ejército para capturarlo, ni que esos comandos pudieran lícitamente y sin ninguna consecuencia  diplomática, política o militar  bombardear el sitio, con el argumento de que desde allí el subversivo conspira contra Colombia. No es necesaria, por obvia, la exposición acerca de cuál sería la respuesta inmediata  del respectivo gobierno, sin que pudiéremos decir que obra por ser  amigo de las Farc o por un comportamiento  insolidario con nosotros en la lucha contra el terrorismo.

 

En tal sentido, pienso que el reclamo del Estado ecuatoriano es perfectamente válido respecto a los hechos de Sucumbíos. Tan válido como el de cualquiera de los Estados del ejemplo, por cuanto es nada menos que la soberanía lo que está de por medio. Si bien -repito-, ya Colombia se ha disculpado de sobra.

 

Pero considero que la discusión en esta materia es entre Estados, ya que la operación de la que se trata fue adelantada por un Estado y afectó a otro Estado. Por ello, no he podido entender cómo se adelanta en Ecuador un proceso judicial en cuyo curso, por esos mismos hechos,  se  individualiza la posible responsabilidad penal. Y menos cómo es posible que se haya vinculado como sindicados a individuos, y hasta se haya dictado  medida de aseguramiento contra Juan Manuel Santos o Freddy Padilla de León, como si el bombardeo llevado a cabo, los disparos, y en general la operación militar, hubiesen   provenido, no de una decisión de Estado, sino de la personal decisión de aquéllos.

 

También es pertinente subrayar -para que las cosas no se sigan confundiendo- que en Ecuador existe también la separación de funciones entre el Ejecutivo y la Rama Jurisdiccional, y que por tanto lo relativo a la validez o pertinencia de la actuación judicial debe ser debatido en los estrados judiciales, no con el Gobierno, ni por la vía diplomática. No es una cuestión que pueda ser resuelta por el Presidente Correa, que no manda en los jueces ecuatorianos aunque sea el Jefe del Estado, como no manda en Colombia el Presidente Uribe sobre nuestros jueces.

 

Son puntos objeto de discusión en distintos escenarios, y no se debe confundir uno con otro.

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
Elementos de Juicio

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