EMPEZO LA CAMPAÑA

21 Abr 2004
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No cabe duda de que la irrupción del Presidente de la República en un programa de radio para contradecir a un senador uribista que exponía  sus criterios sobre posibles conflictos de interés en cabeza de miembros del Congreso para votar el proyecto de Acto Legislativo que busca consagrar la reelección del Jefe del Estado en ejercicio, significó, además de golpe publicitario inusual pero efectivo, el comienzo de la campaña electoral con miras a las elecciones presidenciales de 2006 y la misma aparición pública del candidato Álvaro Uribe.

 

Todavía no se ha votado el acto reformatorio del precepto constitucional aprobado en 1991, y ni siquiera ha principiado el trámite del mismo, pero ya tenemos un candidato en campaña, quien es simultáneamente el Presidente en funciones.

 

Miradas las cosas desde el punto de vista de la normatividad en vigor, resulta incontrovertible que hoy  la reelección presidencial está prohibida, y que asimismo, entonces,  no se concibe frente a esa normatividad que un Presidente en actual desempeño del cargo se encuentre en plena actividad proselitista, en busca de su propia continuidad en la jefatura del Estado.

 

Parece a quien esto escribe que nos encontramos ante un debate típica y netamente político, y de política electoral, a diferencia de lo que ocurría con la propuesta de referendo,  en que la campaña giraba  alrededor de un proyecto de texto normativo carente de esas repercusiones.

 

Quienes dicen que ello no es así, por cuanto la Constitución todavía no ha sido reformada, están suministrando justamente el argumento más valioso para sostener que los funcionarios públicos de alto rango que desde el Ejecutivo prohijan la reelección de Uribe, están participando en política cuando las normas en vigor lo prohíben y excluyen, además, la reelección presidencial como tal.

 

El artículo 127 de la Constitución es perentorio al afirmar que “a los empleados del Estado y de sus entidades descentralizadas que ejerzan jurisdicción, autoridad civil o política, cargos de dirección administrativa, o se desempeñen en los órganos judicial, electoral, de control, les está prohibido tomar parte en las actividades de los partidos y movimientos y en las controversias políticas, sin perjuicio de ejercer libremente el derecho al sufragio”. A lo cual agrega que “la utilización del empleo para presionar a los ciudadanos a respaldar una causa o campaña política constituye causal de mala conducta”.

 

Es necesario que el Procurador se pronuncie sobre este particular de manera clara y contundente, bien para confirmar que, empezando por el doctor Uribe y siguiendo por algunos ministros y embajadores, se está incurriendo en flagrante violación de la regla constitucional en cita; ya para indicar  –vaya uno a saber con qué fundamentos-  que lo visto en estos días es completamente ajeno a la participación en política o en controversias de esa índole.

 

En la segunda hipótesis, entonces, tendremos a todos los magistrados, jueces  y fiscales, funcionarios del Ministerio Público, de las personerías, de las contralorías y de la Rama Ejecutiva, a los alcaldes y gobernadores, y a todos los servidores públicos haciendo uso de sus cargos para tomar partido a favor o en contra de la reelección del Presidente,  dejando de lado el cumplimiento de sus funciones. Un  panorama nada edificante.

 

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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