Columnistas (631)

JOHANNA GIRALDO GÓMEZ (*)

 

 

Principios constitucionales de la función judicial:

Independencia, Autonomía e Imparcialidad

 

Imagen:www.utadeo.edu.co

 

“Hoy, ciertamente, los jueces tienen una gran responsabilidad en la vida del derecho desconocida en los ordenamientos del Estado de Derecho legislativo. Pero los jueces no son los señores del derecho en el sentido en que lo era el legislador en el siglo pasado. Son más exactamente garantes de la complejidad estructural del derecho en el Estado Constitucional, es decir, los garantes de la necesaria y dúctil coexistencia entre ley, derechos y justicia”.

 

 

  El juez ordinario entre legalidad y constitucionalidad;

Manuel Aragón Reyes

 

Desde la promulgación de la Constitución Política de 1991, se ha dado paso al fenómeno de la constitucionalización del Derecho, donde los jueces han sido los protagonistas de la superación del Estado de Derecho legislativo, a la consolidación de las bases del Estado Constitucional, como lo propone el artículo 4 Superior, al establecer la supremacía constitucional y la ineludible obligación de respeto y protección de derechos humanos.

 

Así, la jurisprudencia constitucional ha desarrollado e interpretado el alcance concreto de los postulados sobre independencia, autonomía e imparcialidad judiciales; fundamentales en la consolidación de otros derechos que se relacionan inescindiblemente desde la dimensión subjetiva -como el debido proceso-, pues en manos de los operadores judiciales se encuentra uno de los pilares fundamentales para la convivencia pacífica: la debida realización de justicia.

 

La independencia, entendida como la certeza de que los funcionarios actúan libre y conscientemente, sin determinaciones labradas por otras ramas del poder público o por funcionarios dentro de la misma Rama Judicial; y la imparcialidad, vista como garantía de igualdad ante la Ley, son los llamados “objetivos superiores” de la función judicial, que sin duda alguna deben ser parámetro de análisis desde la óptica de la relación entre las diferentes ramas del poder público. Y es así, pues aunque constitucionalmente esté instituida la colaboración armónica como principio, éste no es óbice para el desconocimiento de la independencia que le debe ser propia a estos funcionarios.

 

Dentro de este contexto, la Corte Constitucional le ha reconocido a la noción de imparcialidad, una doble dimensión: “(i) subjetivarelacionada con la probidad y la independencia del juez, de manera que éste no se incline intencionadamente para favorecer o perjudicar a alguno de los sujetos procesales, o hacia uno de los aspectos en debate, debiendo declararse impedido, o ser recusado, si se encuentra dentro de cualquiera de las causales previstas al efecto; y (ii) objetiva, esto es, sin contacto anterior con el thema decidendi, de modo que se ofrezcan las garantías suficientes, desde un punto de vista funcional y orgánico, para excluir cualquier duda razonable al respecto”.

 

Este aspecto es particularmente relevante por cuanto, como bien han sostenido diversos órganos internacionales de protección, el sostenimiento del Estado y la democracia misma parte de unos mínimos imprescindibles, dentro de los cuales se encuentra la debida garantía de que estos principios rectores de la función judicial no sean menoscabados, y menos aún, por parte de los mismos funcionarios.

 

En ese orden, en aras de materializar la garantía de independencia, también se instituyó por parte de las Naciones Unidas “Los Principios Básicos Relativos a la Independencia de la Judicatura”, que también están consagrados de diversa forma en instrumentos como la Convención Americana de Derechos Humanos, aplicables mediante en bloque de constitucionalidad; y en el derecho interno, en la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia y la propia Constitución.

 

En Colombia, el panorama es lamentable. No se tiene registro de una crisis en la justicia y en su independencia de tal magnitud, como la que tiene lugar ahora mismo. Funcionarios presionados por los medios de comunicación, elecciones de magistrados con cuestionada ética profesional y con su respectivo “padrino” en los diferentes órganos del Estado, y sin verdadero debate público; magistrados de Altas Cortes haciendo favores políticos a costa de la justicia y de su dignidad; presiones del Gobierno para que se tomen decisiones que políticamente les favorecen; y los escasos recursos con los que cuenta la Rama Judicial, que también son una forma inequívoca de afectar su independencia. Ahora no es el mérito académico y profesional lo importante, sino los “contactos” y los tratos bajo la mesa. ¿Qué le espera a la justicia en estas condiciones?

 

Se evidencia el esfuerzo que varios sectores le imprimen al menoscabo de nuestra justicia -aún dentro de la misma Rama-, otrora ejemplar y digna. Se cumplen únicamente las decisiones judiciales que se comparten, por cuanto las demás son “golpes de Estado”. Se está dejando en las manos equivocadas las riendas de la justicia y la garantía que todos los ciudadanos debemos tener de acceder a ella en condiciones de independencia e imparcialidad. Se está desdibujando el Estado social de Derecho que no hemos podido ser.

 

 

(*) Johanna Giraldo Gómez

Cofundadora del Observatorio de Derecho Constitucional de la  

 

Valora este artículo
(0 votos)

PENSEMOS

27 Abr 2014
15526 veces
Escrito por

JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO

Foto: elementosdejuicio.com.co

Se han dicho y escrito muchas cosas -algunos piensan que todo- acerca del insoportable clima de violencia y crimen  que se respira en el país. Pensamos sin embargo que al respecto falta mucho por estudiar, tanto desde el punto de vista de la psicología colectiva como desde la perspectiva sociológica y especialmente dentro de un concepto jurídico que vaya más allá de la búsqueda de tipos penales adecuados a las múltiples formas delictivas que se suceden a diario y de la formulación de proyectos legales orientados al aumento de penas o a la instauración de nuevas figuras normativas, según las conveniencias resultantes de la exposición pública de casos que –como los provenientes del terrorismo, los ataques con ácido o la conducción de vehículos bajo los efectos del alcohol-  son motivo de titular o investigación periodística.

 

Necesariamente, tenemos que volver sobre el tema de la educación, porque buena parte de las conductas que ofenden a la sociedad y que generan justificada alarma en los medios de comunicación tienen su génesis en el mal ejemplo recibido desde la niñez en el hogar o en las deficiencias que hoy acusan los programas oficiales aplicados en los establecimientos de primaria y secundaria, tanto públicos como privados. Han desparecido o se encuentran en el nivel de la costura las asignaturas vitales para la formación de la personalidad de los educandos, como la religión –aunque a muchos les fastidie esa referencia-, la moral, la historia de la Patria, la cívica o las nociones básicas del comportamiento ciudadano y las responsabilidades que implica la convivencia en el interior de la sociedad. Hasta las matemáticas han dejado de ser prioridad, como lo demuestra el vergonzoso último lugar de Colombia en las pruebas Pisa, las cuales no demuestran valentía –como dice la Ministra- sino pésima preparación de los alumnos.

Entonces, cuando además se verifica que los pocos estudiantes que pueden llegar a la Universidad se presentan a ella ignorándolo todo en los asuntos aludidos, uno se pregunta –sin desconocer que subsisten algunos colegios excelentes-: ¿qué se está enseñando a nuestros niños y jóvenes? ¿Cuáles son los valores y principios que se les inculcan? ¿Hay una preocupación genuina de los padres y educadores por la formación de su carácter, su   personalidad y su responsabilidad ante la sociedad y el Estado? ¿Se los está forjando con una clara conciencia del respeto a los demás y a los  postulados propios de la moral social? ¿Se les dice hasta dónde llega la libertad?. Pensemos.

Valora este artículo
(1 Voto)

PETRO, A PUNTO DE CELEBRAR

27 Abr 2014
20617 veces
Escrito por
POR OCTAVIO QUINTERO
 
Foto: www.laopinion.com.co
 
Para el establecimiento colombiano, Petro resultó más peligroso como demócrata que como guerrillero… El inmolado Gómez Hurtado estaría orgulloso de este exguerrillero a punto de “tumbar el régimen”. Un buen ejemplo a las Farc de que sí se puede.
-
Si algo determina el caso Petro son las contradicciones jurídicas, y no propiamente entre principiantes de derecho sino al más alto nivel de la hermenéutica jurídica.
Por ejemplo, ahora se discute sobre si, en el caso de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) eche atrás la tutela del Tribunal Superior de Bogotá (TSB), Petro tendría que volver a salir de la Alcaldía o no…
La pregunta a tirios y troyanos sería:
¿Qué fue lo que le ordenó el fallo del TSB al presidente Santos? Todos los medios dicen que le ordenó acatar la medida cautelar proferida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y eso fue lo que hizo.
Es decir, y aunque se incurra en tautología en aras de mayor claridad, el presidente Santos al restituir a Petro al cargo acogió, así haya sido a regañadientes, la medida cautelar de la CIDH que había desconocido ese 19 de marzo en que destituyó a Petro.
¿Qué significa ello? Que el caso Petro ha quedado ahora bajo la tutela de la CIDH, y solo cuando esta comisión decida, por allá en junio según los cálculos del propio secretario ejecutivo, si los derechos políticos del alcalde y de los electores de Bogotá fueron o no vulnerados, volverá a retomar la justicia colombiana la iniciativa.
Lo que dice la medida cautelar de la CIDH es, en síntesis… suspéndase el proceso de destitución e inhabilidad dictado por la Procuraduría General, mientras aquí resolvemos la demanda de protección de derechos humanos interpuesta por el alcalde Petro…
Si el presidente Santos lo restituyó al cargo en cumplimiento de esa disposición, ello quiere decir que ha quedado en firme hasta cuando la misma Comisión se pronuncie al respecto.
Y entonces, ese será otro capítulo de este caso Petro: si dice que no se le han vulnerado sus derechos, quedará en firme todo lo actuado a nivel de los jueces nacionales; si dice que sí, procederá entonces a elevar la correspondiente demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos que es, finalmente, la que tendrá la última palabra en derecho internacional…
Y como está lejos de que el caso llegue a esas instancias, lo mejor es esperar a ver qué pasa dentro de la Comisión; qué pasa con la demanda de nulidad que cursa ante el Consejo de Estado; qué pasa con el recurso de negación que interpondrá el procurador ante la Corte Suprema de Justicia en torno al fallo del TSB y, por último, qué pasa con la revisión de las tutelas negadas anteriormente, que emprenderá la Corte Constitucional.
 
Hay para largo… Pero Petro ya está sentado nuevamente en su silla y, aunque el presidente Santos sea el rey de los pragmáticos, nada bien le quedaría volver a desconocer el carácter vinculante de la medida cautelar de la CDHI en caso de que la CSJ tumbe el fallo de tutela del TSB… Que puede ocurrir, pero eso si es como cuando a uno lo parte un rayo en medio de mucha gente.
Valora este artículo
(1 Voto)

UNISINÚ 40 AÑOS

13 Abr 2014
15977 veces
Escrito por

 

POR JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO

 

 

EL SUEÑO DE UN VISIONARIO

 

Cumple cuarenta años la Universidad del Sinú. Han sido cuatro décadas de trabajo, de estudio, de actividad académica, de no pocas dificultades afortunadamente superadas, de contacto con la juventud, de formación de líderes con criterio, de servicio a la sociedad colombiana.

Esas cuatro décadas durante las cuales, por parte del fundador –Dr. Elías Bechara Zainúm- y de los directivos y educadores que con él han colaborado en distintas épocas y en diferentes disciplinas, se ha entregado lo mejor de cada uno a los objetivos académicos, y ha sido gracias a esa entrega, y a la calidad de sus actividades –reconocida oficialmente-, que hoy la Universidad del Sinú puede mostrarse orgullosa ante el país como una de sus mejores instituciones educativas. De ello dan fe miles de egresados de diferentes carreras, quienes, en sus respectivas profesiones, ponen sus conocimientos y aptitudes  -cuidadosamente cultivadas en nuestras aulas-  al servicio de Colombia, y por tanto, en este Aniversario, miran agradecidos hacia su alma mater y se congratulan con cada uno de sus reiterados éxitos.

 

Hace ya un año la Universidad, cuya trayectoria en Montería y Cartagena es bien conocida en la costa norte colombiana, inició actividades en Bogotá y los resultados de estos primeros meses no pueden ser mejores. La capital de la República, sus autoridades, sus instituciones, los rectores universitarios y los aspirantes a la carrera de Derecho, han recibido con beneplácito su ingreso, en especial teniendo en cuenta, además de sus reconocidos méritos institucionales, la nómina de docentes e investigadores y la naciente comunidad académica que hemos logrado conformar.

Quienes día a día desarrollamos en Unisinú nuestra gestión educativa tenemos sólidamente formada la conciencia de nuestra responsabilidad, que tiene por objeto primordial, sobre la base de la libertad y el Derecho, la formación integral de los futuros líderes nacionales, generadores de un futuro despejado para Colombia, dentro de la concepción democrática y justa que inspiró a su fundador, Elías Bechara Zainúm.

La Universidad del Sinú es el logro, patente y actual, de un visionario cuya reciente desaparición no dejamos de lamentar

Valora este artículo
(0 votos)

Acerca de Nosotros

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.