JURISPRUDENCIA. CONSEJO DE ESTADO. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN TERCERA. SUBSECCIÓN C. ACCION DE REPARACION DIRECTA.
Medio idóneo para perseguir la responsabilidad del Estado. Procedente para declarar la responsabilidad del Estado por hechos imputables a la administración de justicia”.
“La acción de reparación directa es el medio de control idóneo para perseguir la declaratoria de responsabilidad patrimonial del Estado cuando el daño invocado proviene de un hecho, omisión, operación administrativa o cualquier otra actuación estatal distinta a un contrato estatal o un acto administrativo, tal y como ocurre en este caso que se refiere a hechos imputables a la administración de justicia (art. 90 C.N., y art. 86 C.C.A.)”.
Haga click aquí para leer el texto en PDF.
La Voz del Derecho
Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.
Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Lo último de La Voz del Derecho
- DEPORTE AL DERECHO: Métodos alternativos de resolución de conflictos en el deporte
- MEDICINA FORENSE: Inseguridad en las ciudades y salud mental
- DEPORTE AL DERECHO: Fútbol, salarios e impuesto: El precio de los goles
- PANORAMA ECONÓMICO: Recuento histórico de la economía colombiana
- MEDICINA FORENSE: Las fallas del Ejecutivo frente a la salud de los colombianos
- DERECHO URBANO E INMOBILIARIO: Economía Canábica
- LA VOZ DEL BUEN TRATO: Cuellar Sandoval y otros vs El Salvador
- DESDE LA FACULTAD: Concurso, lo peor que puede pasar es aprender
- HABLEMOS DE DERECHO ELECTORAL: El estatuto de la oposición
- PANORAMA ECONÓMICO: Proyecciones económicas del BBVA y la pobreza oculta en Bogotá