¿HABRÁ JUSTICIA?

16 Oct 2007
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Los medios de comunicación presentaron el fin de semana el drama de una familia  -una de miles-  expulsada de su vivienda en desarrollo de un proceso ejecutivo hipotecario, pese a haber cancelado durante varios años las crecientes cuotas de amortización.

Los colombianos tomamos nota simultáneamente de las exageradas ganancias de los bancos, y todos sabemos que en Colombia se pagan, por los créditos para adquisición de vivienda, los más altos intereses del mundo.

La Junta Directiva del Banco de la República, como gran cosa, rebaja apenas un punto en la tasa de interés, pero no cumple la Sentencia C-955 de 2000, por medio de la cual la Corte Constitucional dispuso que la tasa máxima fuera la más baja de todas las que se cobran por el sistema financiero  -enormemente inferior-,  y además que se le descontara el monto de la inflación, pues ésta no puede cobrarse doblemente, y viene cobrada ya en la corrección monetaria.

El Gobierno, por su parte, se muestra indolente ante la situación de los actuales deudores  -más de ochocientos mil en el país-,  quienes ven que crecen sus cuotas y misteriosamente crecen también los saldos de los créditos, no obstante los pagos mensuales, por lo que las deudas se convierten en imposibles de pagar.

El Ejecutivo cree que todo lo soluciona pidiendo a los fabricantes y distribuidores de cemento que disminuyan el precio, o estimulando la adquisición de nuevos créditos para vivienda de interés social, pero ignora el hecho cierto e indiscutible de que, ante el desacato de las sentencias de la Corte por los bancos y muchos jueces, el problema de los actuales deudores continúa.

Las instituciones financieras se alarman cuando la Junta Directiva del Banco de la República decide rebajar siquiera un punto de los altísimos intereses que cobran, mientras las familias, desesperadas, entregan sus viviendas o esperan a que se las rematen. Y eso acontece con la eficaz ayuda de  jueces que acceden a las pretensiones de las instituciones financieras  -muchas veces sin proceder a una efectiva reliquidación de los créditos, y sin suspender ni terminar los procesos-  e inaplican  la Constitución y la jurisprudencia constitucional, sin siquiera ocuparse en ordenar el reintegro de los recursos que los deudores, durante años, ya habían entregado a los bancos, de modo que tales deudores pierden por punta y punta: se quedan sin la casa, y no recuperan lo que habían pagado. O pagan siete u ocho veces la cantidad prestada.

Si la justicia, como predicaba Ulpiano, consiste en dar a cada cual lo que le corresponde, podemos preguntar: ¿Habrá un mínimo de justicia en todo esto?

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
Elementos de Juicio

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