Distinto es cuando esas conductas dolosas y falaces presuntamente provenientes de una de las partes, fueron puestas de presente al juez por la otra, o constituían objeto de juzgamiento, porque en tales casos la ley no autoriza la revisión, pues lo que revelaría el reproche es un cuestionamiento a la valoración de los hechos aducidos, de las pruebas recaudadas o al criterio jurídico del sentenciador, vicios in iudicando, que como atrás se indicó, no son susceptibles de alegarse en revisión.
En ese sentido, esta Corporación precisó:
… requisito para que determinada situación pueda calificarse de maniobra fraudulenta, como causa eficiente para dar lugar a la revisión…, que la misma resulte de hechos externos al proceso y por eso mismo producidos fuera de él, pues si se trata de circunstancias alegadas, discutidas y apreciadas allí, o que pudieron serlo, la revisión no es procedente por la sencilla razón de que aceptar lo contrario sería tanto como permitir, que al juez de revisión se le pueda reclamar que, como si fuese juez de instancia, se aplique a examinar de nuevo el litigio (CSJ SR-208, 18 DIC. 2006, Rad. 2003-00159-01; se subraya).
Tomado de la Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. Sala de casación Civil. Exp: 11001 02 03 000 2009 02177 00. Fecha: 29 de junio de 2017. M.P. ARIEL SALAZAR RAMÍREZ.