LA TUTELA

10 Jul 2003
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De nuevo, como acontece de cuando en cuando, a raíz de una decisión o de otra, se oyen voces de quienes culpan a la acción de tutela de la acumulación existente en los despachos judiciales y del cogobierno de los jueces.

 

Aunque no podría afirmarse que en todos los casos haya sido bien utilizada, pues no son pocas las providencias de la Corte Constitucional que han debido revocar fallos de instancia que concedieron el amparo sin base  ni fundamento, lo cierto es que, de las instituciones introducidas en 1991, la consagrada en su artículo 86 ha sido indudablemente la que ha hecho posible de manera más clara la vinculación y la identidad entre la persona del común y los postulados y valores constitucionales.

 

La tutela ha servido, ante todo, para restablecer el contacto de los jueces con la realidad, y para devolver a ellos la confianza colectiva en que, mediante sus decisiones justas y oportunas, son, como ningún otro órgano, el sostén del Estado de Derecho y los guardianes de la dignidad humana, las libertades y las reivindicaciones del ciudadano.

 

Y ha servido también como instrumento eficaz para que la administración de justicia, en cuanto función, deje de ser utópica y alcance en casos concretos y palpables, con la oportunidad debida, su verdadera esencia.

 

Gracias a la tutela se ha recobrado muchas veces  el vigor institucional que parecía perdido;  han sido derrotadas actitudes y posiciones  de autoridades y particulares que conspiraban contra la vigencia real de los derechos fundamentales; y se han hecho valer la razonabilidad de las normas y la proporción entre éstas y los comportamientos sociales.

 

Al menos,  sabe el gobernado que tiene un instrumento a su favor y que con rapidez le será resuelta una situación que antaño no habría encajado en los estrechos moldes de los procesos ordinarios.

 

Despojada de formalismo y mucho más propicia a la práctica del principio de prevalencia del Derecho sustancial  (Art. 228 C.P.), y para una benéfica ampliación del concepto de justicia, la acción de tutela ha conseguido no pocas veces desmontar las vías de hecho y la búsqueda de resarcimiento y reivindicación por propia mano, contribuyendo, en el marco civilizado del ordenamiento jurídico, a preservar la paz.

 

No somos partidarios de recortar, mediante reforma, este precioso instrumento que, desde luego, fastidia en grado sumo a quienes son renuentes a reconocer la dignidad de la persona y sus derechos por encima de la razón de Estado.

 

 

 

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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