Los procesos de tutela no podrán exceder los tres meses; nueve integrantes (un representante por despacho), más un coordinador designado por el presidente del alto tribunal harán parte de una unidad de análisis y seguimiento al proceso; queda prohibido cualquier tipo de presión indebida y de haberla el funcionario que tenga conocimiento podrá denunciarla ante las autoridades competentes; habrá comité de quejas y denuncias contra los empleados de la Corte; los proyectos de constitucionalidad y demás actuaciones de la Sala Plena se deberán informar por el Presidente a la ciudadanía a más tardar el día siguiente de la decisión; se mantiene el criterio de falta grave cuando se revela el sentido de proyectos de fallo antes de que estos sean decididos y firmados por todos los magistrados.
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