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Certidumbres e inquietudes: EXTRAÑO ANIVERSARIO CONSTITUCIONAL. José Gregorio Hernández Galindo Destacado

07 Jul 2025
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Hace treinta y cuatro años, la Asamblea Nacional Constituyente -elegida por el pueblo colombiano- aprobó y puso en vigencia la Constitución Política de 1991.

El aniversario suele celebrarse el 4 de julio, pero ese no fue el día de la promulgación. En esa fecha culminaron las sesiones del cuerpo constituyente y, en el Capitolio Nacional, se llevó a cabo un acto solemne durante el cual prestaron juramento sus tres presidentes, los doctores Álvaro Gómez Hurtado, Horacio Serpa Uribe y Antonio Navarro Wolf. Y los constituyentes firmaron lo que, al parecer, era el texto de la nueva Carta, que derogaba y sustituía la de 1886.

Bien pronto se supo -porque así lo divulgó quien había sido secretario de la Asamblea, el ilustre catedrático Jacobo Pérez Escobar- que tales firmas no se habían estampado sobre el texto mismo sino sobre hojas en blanco, debido a que, si bien la Constitución había sido votada como estipulaba el reglamento, no se había verificado que todo el articulado correspondiera a lo aprobado. Ello se hizo en los días siguientes y el 7 de julio tuvo lugar la promulgación de la Carta Política, mediante su publicación en la Gaceta Constitucional, órgano oficial de la Constituyente. Hubo después otras publicaciones, con correcciones sobre artículos específicos.

Así que la Constitución no comenzó a regir el 4 sino el 7 de julio. Su artículo final no deja dudas: “Artículo 380.- Queda derogada la Constitución hasta ahora vigente con todas sus reformas. Esta Constitución rige a partir del día de su promulgación”.  

Así lo entendió también la Corte Constitucional, como puede leerse en la Sentencia C-553 de 1992 (Magistrado Ponente: Dr. Jaime Sanín Greiffenstein): “La publicación del texto oficial de las normas únicamente se llevó a cabo el día 7 de julio de 1991, al ser insertadas en la Gaceta Constitucional número 114 y es entonces a partir de esa fecha cuando comenzaron a tener eficacia sus normas, y por lo tanto el imperativo de obligatoriedad”.

Este aniversario de la Constitución tiene lugar en medio de una gran turbulencia, ocasionada por la absurda polarización política existente. Basta mencionar algunos hechos que, a nuestro juicio, traicionan el espíritu conciliador que animó a los constituyentes de 1991, pertenecientes a distintos partidos y orientaciones ideológicas:

-Un incomprensible debate y un desgastante trámite que no culmina, por algo tan natural -a la luz de esta Constitución, democrática y participativa- como la convocatoria de una consulta popular. Todavía se esperan decisiones de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado acerca de un mismo decreto, suspendido y derogado.

-Propuestas -provenientes del Gobierno y de otros sectores- sobre convocatoria popular de una asamblea constituyente con poder originario -mediante papeletas-, sin que se haya indicado el motivo para acudir de nuevo -en circunstancias tan distintas- al proceso constituyente de 1990. No se ha expuesto qué se buscaría reformar por esa vía, cuando las normas constitucionales prevén una convocatoria por parte del pueblo, pero precedida por una ley del Congreso, con mayorías calificadas y control formal de la Corte Constitucional.

-Planes de golpe de Estado.

-Mutuo llamado a consultas diplomáticas entre los gobiernos norteamericano y colombiano, para celebración y alegría de compatriotas opositores.

Todo un cúmulo de contradicciones. Un extraño aniversario constitucional.

 
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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