LA JUDICIALIZACIÓN DE LA TORTURA EN CHILE

09 Jun 2012
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El dictador Pinochet, tras el golpe de Estado del
11 de septiembre de 1973
 
En el documento INFORME ANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS EN CHILE 2011, publicado por la Universidad Diego Portales de Santiago de Chile, se sintetiza lo concerniente a la judicialización y penalización de la tortura para quienes incurrieron en esa conducta durante la dictadura de Augusto Pinochet. El delito de tortura no existía como tal, y en consecuencia, las penas al respecto, que son aplicables al tipo delictivo de entonces -apremios ilegítimos- resultan ínfimas frente a la magnitud de tales crimenes.
Dice así el Informe:
"Hoy en día, Chile cuenta con una ley nacional que tipifica el crimen de tortura. La Ley 20.537 de julio de 200948 fue aprobada como parte del proceso de ratificación del Estatuto de Roma que creó la Corte Penal Internacional. Sin embargo, como no existía durante la dictadura, nuestros tribunales han estimado que a quienes cometieron tortura durante la dictadura solo se les puede procesar por el delito relativamente menor de “apremios ilegítimos”. Este es el término que aparece en el artículo 150 del Código Penal, que en su versión aplicable al período relevante49 sanciona solamente con penas de presidio menor.
Deja además un vacío respecto de su aplicabilidad a personas que no sean funcionarios públicos, un estatus discutible cuando se trata de agentes civiles o irregulares de aparatos represivos clandestinos. En ese contexto es notable que el 9 de agosto de 2010 se haya dictado la primera sentencia condenatoria inicial por tortura, bajo la figura de “apremios ilegítimos”. El fallo de primera instancia fue dictado por el ministro en visita Alejandro Solís contra siete exagentes del recinto militar Tejas Verdes. Las condenas iniciales varían entre tres y cinco años, lo cual refleja la insuficiencia de la figura jurídica aplicable. No obstante, representan un paso más en el paulatino reconocimiento del crimen de tortura a sobrevivientes como parte del universo justiciable de crímenes de represión. Representa además una de las primeras sentencias en una causa iniciada por sobrevivientes" (1).
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(1) Capítulo titulado VERDAD, JUSTICIA Y MEMORIA:LAS VIOLACIONES A LOS DERECHOS
HUMANOS DEL PASADO, preparado por Jennifer Herbst, Rodrigo Hernández y Paulina Zamorano, del Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, y coordinado por Cath Collins.
 
 
Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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