Frase de la Semana: “Volenti non fit injuria”
No se comete injusticia con quien actuó voluntariamente
El aforismo está relacionado con el respeto a la voluntad de los particulares que discrecional y conscientemente toman decisiones en derecho y por lo tanto entienden y saben lo que les conviene. Así las cosas lo pactado en un contrato entre las partes debe ser respetado y cumplido por los contratantes. Si como consecuencia del acto voluntario se ve afectada una de las partes la obligación debe ser asumida aun parezca injusta. En las relaciones extracontractuales, la expresión resume la idea según la cual no se genera un daño indemnizable cuando la víctima autorizó la actuación del que causa el daño.
Este principio del derecho se atiene al consentimiento exento de todo vicio. No sucede lo mismo ni el principio se aplica cuando se presenta un vicio del consentimiento. Por lo tanto estamos ante el consentimiento como voluntad o expresión de voluntad libre de todo apremio, mediante la cual una persona capaz, manifiesta su deseo de hacer nacer una obligación.
El consentimiento tiene dos partes: (i) Una interna: corresponde a la convicción de cada persona de tomar una decisión y de sostenerse en las consecuencias de la misma. Ejemplo: quien compra una vivienda a crédito por un plazo de 15 años y en determinado momento no pudo pagar la cuota porque perdió el empleo, debe entender que aun cuando parezca injusto que en su condición de desempleado lo obliguen a pagarla, debe amortizar el crédito, en virtud del contrato de hipoteca que adquirió voluntaria y conscientemente; (ii) Una exterior: que no es otra cosa distinta a la exteriorización del consentimiento, es decir, su expresión.
De conformidad con el Art.- 1508 del C.C. el consentimiento está viciado por error, fuerza o dolo.
Bajo estas circunstancias el aforismo de la semana no opera. No obstante, es ante el juez que debe probarse el vicio del consentimiento.

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