JUSTA REACCION

04 Ago 2003
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Ha sido muy oportuna y contundente la declaración de los magistrados pertenecientes  a la Corte Constitucional, en la cual formulan  serios y fundamentados reparos al proyecto de acto legislativo en materia de administración de justicia.

 

La verdad es que tal proyecto, marcadamente retardatario, ha caído muy mal en los medios académicos y jurídicos, en las organizaciones  pro derechos humanos, en la prensa y en la sociedad. Y ello ha ocurrido así habida cuenta  de un texto en el que se delata el ánimo perverso de destruir por pedazos la obra del Constituyente de 1991 y  la consciente voluntad de dejar a las personas, a sus derechos y libertades, en total indefensión.

 

Los redactores de la iniciativa dejan ver un profundo sentimiento de aversión a toda forma jurídica de reclamo y reivindicación de derechos fundamentales, y un inocultable fastidio por las instituciones judiciales y por la tarea que cumplen los jueces en el Estado Social de Derecho, tomando y presentando sus fallos y providencias como inadmisibles intromisiones en la actividad de la Rama Ejecutiva y de la administración.

 

El enfoque del proyecto, claramente insensible respecto de las frecuentes violaciones que por acción u omisión se cometen todos los días contra los derechos a la salud y  a la seguridad social y con los  que corresponden a los niños, a los jóvenes, a los ancianos, a las mujeres,  a los enfermos, a los discapacitados, a los indígenas, y en general a grupos desprotegidos de la población, pretende circunscribir todo a la teórica y formal proclamación de garantías constitucionales, que a manera de concesión o de gracia  suya “permiten” los autores del proyecto que permanezcan en la Carta Política, siempre que ellas no puedan traducirse, con la efectividad que facilita la tutela, en verdades tangibles y en conquistas reales de la población.

 

Prevalece un criterio econometrista y tacaño, en virtud del cual los jueces únicamente podrán formular declaraciones románticas y virtuales sobre los derechos pero jamás impartir órdenes a la autoridad pública para que los haga cumplir o los cumpla.

 

Hay una especie de designio malévolo, que tiene por meta recortar la normatividad y amordazar y maniatar a las autoridades judiciales, impidiendo que los controles operen, y defendiendo a capa y espada, ya no el interés general y la dignidad del ser humano, sino los intereses económicos de organismos y entidades  de carácter público y privado que en forma consuetudinaria atropellan al ciudadano en el ámbito  de sus más urgentes necesidades y apremios, y que ignoran o vulneran sus derechos básicos.

 

Por ello es justa la reacción de la Corte.

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
Elementos de Juicio

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