LA FAMILIA

01 Oct 2008
Valora este artículo
(0 votos)
3683 veces

La familia, de conformidad con el artículo 5 de la Constitución Política, es reconocida por el Estado, sin discriminación alguna, como institución básica de la sociedad.

 

El artículo 42 de la Constitución señala a la familia como núcleo fundamental de la sociedad, y dice que se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.

 

De suerte que, haya o no matrimonio, la familia se constituye en elemento indispensable para la conformación de la sociedad, y merece de todas maneras la protección especial del Estado.

 

Si la Constitución otorga tal importancia a la familia, sus prescripciones  obedecen a que ella representa el sustento real de todo el conglomerado, y diríase que, más allá de ser un grupo reducido de personas, su configuración y solidez resultan indispensables para la existencia misma de cualquier comunidad organizada.

 

A esta conclusión podemos llegar si partimos inclusive de la hipótesis absurda de una sociedad integrada por individuos no agrupados en familias, quienes, considerada la naturaleza humana, no podrían desarrollarse, ni pertenecer a sociedad alguna, en tanto que les faltaría nada menos que el clima necesario para su supervivencia, y, en el extremo de la teoría, para llegar a ser miembros de la sociedad, tendrían que haber subsistido solos desde su más tierna infancia. De lo cual no hay memoria histórica, ni siquiera en las agrupaciones sociales más primitivas, siendo por tanto la generalización del ejemplo algo, con certeza, imposible.

 

De suerte que la ruptura de la unidad familiar se convierte en factor de alta peligrosidad para la sociedad entera, ya que implica que, destruida o gravemente enferma la célula fundamental, muy fácilmente el mal se contagia a la totalidad del organismo, produciéndose lo que se denomina “metástasis” en el lenguaje científico.

 

Así, unos hogares en los que imperan la violencia, la distancia entre padres e hijos, el abandono, la total ausencia de los primeros elementos propios de la formación de los niños, el desgreño, la carencia absoluta de creencias religiosas  -sea cualquiera la confesión de la que se trate-,  la falta de un criterio orientador sobre valores y principios morales, no pueden transmitir a la colectividad en su conjunto nada diferente a los mismos males, multiplicados, hasta generar su destrucción.

 

De allí que la importancia y trascendencia de la familia, aunque está contemplada en las normas jurídicas, no provenga de ellas, sino de la naturaleza, lo que significa que la imperativa protección del núcleo familiar es algo que se impone de suyo, donde quiera que existan seres humanos, y es anterior a cualquier ordenamiento positivo.

 

Véase que la familia no es ni siquiera exclusiva de las agrupaciones humanas. Ella subsiste, así sea en forma rudimentaria, entre las distintas especies animales.

 

Los últimos acontecimientos, que han conmovido profundamente a la Nación colombiana, en particular cuando las principales víctimas han sido los niños, precisamente aquéllos que requieren, también por naturaleza, de una familia que los cuide y les permita su desarrollo adecuado, muestran a las claras que estamos obligados a reflexionar acerca de la sociedad que estamos construyendo  -o destruyendo-,  y en torno al concepto de familia imperante entre nosotros.

 

 

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
Elementos de Juicio

Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Acerca de Nosotros

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.