LAPIDACION

10 Jul 2003
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En lo últimos meses, desde cuando se hizo conocido en todo el mundo que los tribunales islámicos nigerianos condenaron a varias mujeres y parejas a la pena de lapidación, por infidelidad o adulterio, o por otras faltas, de acuerdo con la Sharía (Ley islámica), se ha vuelto a discutir sobre esta brutal forma de sanción, que poco a poco ha ido desapareciendo del esquema penal de distintas legislaciones, pero que todavía se aplica en algunos países.

 

El tema sigue en boga a raíz de la campaña que se adelanta por Internet y otros medios, por iniciativa de la Organización “Amnistía Internacional” y distintas asociaciones de derechos humanos, para evitar que sea ejecutada la pena impuesta desde marzo por un tribunal islámico contra Amina Lawal Kurami, una mujer condenada luego de haber dado a luz fuera del matrimonio.

 

La lapidación es un método de ejecución en que el condenado es muerto a pedradas, y se aplicó al comienzo por delitos como la traición o por atentados contra el interés de la colectividad, pero especialmente fue utilizado –como se recordará-  aun en la época de Jesús, contra las mujeres adúlteras.

 

Según  Martín Monestier en  su libro “Penas de muerte”, se aplicaba, además, para la  infidelidad de una prometida, la profanación del nombre de Dios, el sacrificio  a las divinidades extranjeras, la rebelión de  un hijo descarriado contra sus padres, o también por el hecho de desposarse con la hermana, y como castigo contra el incesto en general.

 

Los verdugos, en el caso de la lapidación, pueden ser los oficiales, designados por el Estado, o los soldados, o también cualquier pariente de la victima del delito, o la victima  misma, amigos, o hasta el mismo pueblo.

 

Se trata no solamente de una ejecución, en cuanto ocasiona la muerte, sino primordialmente de un escarmiento, con el propósito de hacer conocer de todos las  consecuencias de las conductas sancionadas, y por ello implica también una gran tortura. A tal punto que en Irán el Código  Penal Islámico, que reintrodujo en ese país la pena de lapidación, estipula, como lo recuerda Monestier, que la muerte no debe ser causada por una sola piedra. “Estas  no deben ser tan grandes como para que el condenado muera después de haber recibido una o dos, ni tampoco tan pequeñas como para que no se les pueda dar el nombre de piedras”.

 

Monestier dice que “para que no exista error de calibre durante las lapidaciones, es el Gobierno el que proporciona las piedras, llevadas en camión hasta el lugar de la ejecución”.

 

Se trata, como se ve, de una práctica de extraordinaria violencia y altamente ofensiva de los derechos humanos. Y las más recientes condenas, que, pronunciadas contra mujeres por adulterio, muestran igualmente una tendencia a la  discriminación en contra del sexo femenino, han provocado la justificada protesta de las organizaciones feministas en todo el mundo, la recolección de firmas en contra de los sistemas penales que contemplan este castigo, y hasta la decisión de varios países de no participar este año en el reinado de belleza que habrá de llevarse a cabo en Nigeria.

 

Como se recordará, la Unión Europea criticó con especial dureza el caso de la nigeriana Amina Lawal, y calificó de “sádica” la Sentencia del Tribunal correspondiente.

 

 Son pocos los países que aplican hoy la lapidación. Que recordemos, si en estos días no se ha producido algún cambio,  está prevista, como castigo reservado a las mujeres, en Sudán, Irán, Emiratos Árabes Unidos, y 13 de los 36 estados de Nigeria, desde hace dos años; también en Mauritania, Yemen del Norte y Pakistán.

 

Pero afortunadamente, la tendencia abolicionista es cada vez mayor, no solamente por fuera sino dentro de los países que todavía contemplan la pena, y no podría ser de otra manera, pues mucho ha avanzado la humanidad en la defensa de los derechos inalienables que corresponden al ser humano en cuanto tal, por sí mismo y en razón de su dignidad.

 

 

 

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
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