JURIDICAS. DERECHO LABORAL. Mediante Circular 00014 del 17 de febrero de 2014, el Ministerio de Trabajo, con el fin de optimizar el control a la evasión sobre los aportes que se recaudan por parte de los empleadores, por concepto de riesgos laborales (ARL), sancionará a quienes paguen menos de lo que representa la clase de riesgo que les corresponde cotizar; a quienes contribuyan por un número menor de empleados teniendo más y a quienes no cancelen los dineros de ARL dentro del mes correspondiente al pago.
Para los efectos del control al cual estarán sometidos los empleadores, las administradoras de riesgos laborales (ARL) estarán obligadas a presentar los informes mensuales “al pago de las cotizaciones, aportes al Fondo de Riesgos Laborales y empresas afiliadas al Sistema General de Riesgos Laborales, antes del 28 del mes siguiente reportado”.
Los empleadores serán investigados por las direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo y las multas mensuales llegarán hasta 500 salarios mínimos.
Haga click aca para ver la Circular 000014 del 17 de Febrero de 2014 del Ministerio de Trabajo. Imagen: provyn.com.mx
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