Lo sucedido en este caso demuestra que tal como lo afirmó la Defensoría del Pueblo en la actualidad existe una profunda crisis en la aplicación de las medidas contempladas por la Ley 1257 de 2008 por parte de las autoridades penales, por cuanto en vez de solicitar su aplicación de manera inmediata se espera a formular imputación y a solicitar una medida de aseguramiento en contra del agresor, mientras que la víctima queda expuesta a volver a ser objeto de maltrato o incluso asesinada. Revoca. M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.
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