JURISPRUDENCIA.- CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA.- Destacado

07 Jul 2016
Valora este artículo
(3 votos)
3302 veces
Es falta disciplinaria del abogado la interposición de recursos y  mecanismos procesales que no obedecen a la necesidad de las circunstancias y que en otros casos son improcedentes. Tal comportamiento no debe ser permitido a un profesional del derecho, el cual se forma para ejercer de la mejor manera el derecho y para contribuir a la recta y leal administración de justicia. También lesiona el disciplinado, demorar  la administración de justicia  dilatando los procesos innecesariamente.
 

Haga clic aquí para leer documento en PDF

 

La Voz del Derecho

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.

Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Acerca de Nosotros

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.