LA DEL CONSUMO: UNA PROHIBICIÓN INANE

16 Dic 2009
Valora este artículo
(0 votos)
4282 veces

 

Decíamos en ocasión anterior que el poder de reformar la Constitución no se ha ejercido por el Congreso con la suficiente coherencia, y en cambio con una gran irresponsabilidad, al punto de haber trastocado un ordenamiento que  -si no perfecto, al menos presentaba un hilo conductor axiológico y de principios-, para convertirlo   poco a poco en un estatuto mal remendado y contradictorio.

Aquí todo se quiere resolver mediante una reforma de la Constitución, y aunque no nos oponemos a ello, ya que no debe ser la nuestra una Carta Política irreformable, lo mínimo que se espera es que las modificaciones que se introduzcan respondan a una necesidad, encajen en el conjunto del sistema, y cumplan alguna función. En síntesis que sean verdaderamente requeridas en el nivel superior del orden jurídico  y que sirvan para algo.

 

Veamos el caso de la más reciente reforma constitucional:

 

Quien  esto escribe no estuvo de acuerdo con la Sentencia C-221 de 1994, mediante la cual la Corte Constitucional declaró inexequible la norma legal que penalizaba el porte y consumo de la dosis mínima de estupefacientes. De ahí su salvamento de voto en el sentido de señalar que la Corte había concebido como absoluto un derecho que no lo es: el del libre desarrollo de la personalidad, dando lugar a un incremento perfectamente previsible de la drogadicción en el país.

Por esa misma razón, hace tres años manifesté al Presidente de la República que coincidía  íntegramente con su criterio acerca de que la sentencia -que había hecho tránsito a cosa juzgada constitucional- estaba siendo aprovechada por los traficantes de droga para burlarse de la Policía y distribuirla en pequeñas cantidades, merced a un porte imposible de controlar, y a un consumo que, de no hacer algo pronto, sería verdaderamente desmesurado. Por eso, me pareció que el Jefe del Estado tenía la razón en buscar una reforma constitucional, esta sí justificada, para adoptar medidas eficaces contra el acelerado aumento del consumo de estupefacientes, sin tropezar con los dictados de la infortunada decisión judicial.

Se ha conseguido finalmente la tan luchada  reforma. Después de varios intentos fallidos  -pues el Presidente chocó inclusive con la oposición de partidarios suyos-,  acaba de ser aprobado en último debate el que será numerado como Acto Legislativo 2 de 2009.

Y, aunque debería declararme satisfecho, no lo estoy. Lo que resultó, después de las transacciones de la mediocridad –impuestas algunas de ellas contra la evidencia de que Colombia se ha convertido en país consumidor y de que ello requiere medidas drásticas-,  fue un texto confuso, amorfo e ineficaz, que dista mucho de ser una norma jurídica --porque es apenas un “canto a la bandera”-, que va a producir mayores trastornos en la actividad de las autoridades, y que debe tener muertos de la risa a los narcotraficantes.

Se contempla una prohibición tajante del consumo, sin distinguir si ese consumo tiene lugar en público o en privado -lo cual, de suyo, ocasionará polémicas-, pero no se prevé la consecuencia de las transgresiones. Vendrá el tratamiento médico o la terapia, aunque la propia norma exige para ello el consentimiento informado del paciente, y quien ha hecho aquello prohibido por la Constitución, la habrá violado impunemente. Así, nuestros reformadores se equivocaron: o han debido contemplar la consecuencia, o no han debido prohibir lo que en realidad permiten.

Adicionalmente, la prohibición existe “salvo prescripción médica”. Hasta ahí llegó tan perentorio mandato constitucional. Ya veremos que cada portador-distribuidor de droga llevará en el bolsillo su correspondiente certificado médico, verdadero o falso. ¿Y qué puede hacer un policía ante un certificado cuya autenticidad no está capacitado para controvertir o poner en duda?

 

  “Hecha la ley, hecha la trampa”. Una norma inane, que tiene el costo de popularidad de toda prohibición, pero que no consigue sus propósitos. El Gobierno se quedó con el pecado y sin el género. Sacó adelante una prohibición que muchos consideran exagerada, pero no logrará con ella disminuir, y menos erradicar, el consumo de sustancias sicotrópicas en nuestro territorio.

 

 

 

 

Modificado por última vez en Sábado, 28 Junio 2014 20:16
Elementos de Juicio

Email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Acerca de Nosotros

Nuestro propósito es aprovechar la tecnología en beneficio de la divulgación, el análisis, la controversia, la verificación de los grandes asuntos en que aparece el Derecho, en cualquiera de sus ramas; los procesos judiciales de trascendencia y los más importantes debates y acontecimientos.